CAMPAÑA RENTA

Guía para presentar la declaración de la Renta 2024: descargar el borrador, quién está obligado, a pagar o devolver, deducciones...

A.M.

Madrid |

Fotografía de archivo de la vista de la declaración de la renta en una tablet. | Eduardo Parra / Europa Press

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2024 arranca este miércoles 2 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet, pero los contribuyentes ya pueden acceder desde la página web y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria a sus datos fiscales.

Calendario de la declaración de la Renta 2024

Declaraciones a través de Internet

Así, este miércoles se abre el plazo para la presentación de las declaraciones a través de internet y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025. Se puede realizar a

Por teléfono

Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono, con la solicitud de cita disponible desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.

Presencialmente

Será entre el 2 y el 30 de junio de 2025 cuando la Agencia Tributaria podrá confeccionar a los contribuyentes las declaraciones presencialmente en sus oficinas, con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.

No obstante, hay que tener en cuenta que el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finaliza el 25 de junio.

Quiénes están obligados a presentar la declaración

Aquellas personas que hayan obtenido rendimientos de trabajo de más de 22.000 euros anuales de un solo pagador deben presentar la declaración de la Renta. Quienes tengan más de un pagador, la tendrían que realizar si han obtenido más de 15.876 euros anuales, siempre y cuando con el otro pagador ha ganado más de 1.500 euros anuales.

Además, al igual que el año pasado, estarán obligados a presentar la declaración los autónomos, independientemente de sus ingresos, y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), mientras que a los beneficiarios de la prestación por desempleo no se les exigirá en esta Campaña la presentación, pese a que en un principio sí estaba previsto.

Por último, también deben presentarla aquellas personas que perciban ingresos por rendimientos de capital mobiliarios o ganancias patrimoniales sujetas a retención superiores a 1.600 euros al año, así como hayan obtenido beneficios de Letras del Tesoro, quienes hayan obtenido más de 1.000 euros en todo el ejercicio de 2024 por tener un piso vacío o las personas que hayan recibido subvenciones u otras ayudas estatales.

Cómo acceder y descargar el borrador

Se puede acceder a través de este enlace que pertenece a la web de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado Renta Web. También aquí se pueden consultar las declaraciones presentadas, los datos fiscales, obtener el número de referencia y registrarse con el sistema Cl@ve.

Una vez presentada la declaración, en una ventana aparecerá el resumen de la misma para poder descargar un PDF y guardarlo en nuestro dispositivo.

Las deducciones de la Renta: gastos que se pueden deducir para ahorrar

Por alquiler de vivienda

Los inquilinos podrán deducirse parte del gasto que ocupan al alquiler de la vivienda habitual, dependiendo de la comunidad autónoma. Las diferencias entre las zonas se pueden consultar en este enlace.

Inversión en vivienda

Determinados casos se pueden deducir a la hora de rehabilitar el domicilio habitual.

Ingresos por renta del alquiler

Según informa Hacienda, los contribuyentes que tengan una vivienda alquilada en una zona tensionada podrán deducirse hasta el 90% de los ingresos del alquiler si han bajado el precio un 5% en relación con el contrato anterior y un 70% si su vivienda está alquilada a jóvenes de entre 18 y 35 años.

En el resto del territorio, la bonificación por alquiler residencial se quedará en el 50 %, a excepción de viviendas arrendadas en las que se hayan acometido obras de rehabilitación, donde se aplica una reducción del 60 %.

También se aplicará el 70 % de reducción en el caso de viviendas cedidas o arrendadas a la administración pública o entidades del tercer sector, así como aquellas acogidas a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.

Gastos educativos

Van desde los gastos de escolaridad (15% de deducción), los gastos por enseñanza de idiomas (15%) a la adquisición de vestuario escolar (5%). Puedes consultar los detalles aquí.

Autónomos

Existen múltiples deducciones, desde la cuota de autónomos a los suministros, pasando por servicios de asesoría, dietas, gastos de personal o impuestos, entre otros aspectos que puedes consultar aquí.

Paneles solares

Instalar paneles solares también cuenta con una deducción si realizas la declaración de la Renta, aunque en determinados supuestos que se pueden revisar aquí.

Sindicatos

Si el contribuyente está afiliado a un sindicato, se puede deducir hasta el 10% de los rendimientos netos del trabajo.

Aportaciones en planes de pensiones

Hasta 1.500 euros al año se pueden deducir si existen aportaciones a planes de pensiones.

Donativos a ONG

Como máximo, un 80% del total de los donativos a las Organizaciones No Gubernamentales.

Maternidad

Las madres se pueden desgravar hasta 1.200 euros por hijo hasta que los menores cumplen tres años y también existe deducción relativa al incremento por gastos de guarderías tras la sentencia del Supremo con fecha de 8 de enero de 2024.

Además, hay otras deducciones por hijos a cargo, dependiendo de cada caso. Se puede consultar aquí.

Cuotas a partidos políticos

Se fija un límite de 600 euros anuales.

Adquisición de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga

Aquí se puede consultar la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como la instalación de puntos de recarga.

Eficiencia energética

Hacienda permite desgravar las cantidades satisfechas por obras que cuenten con eficiencia energética. Así, la deducción será del 20 % por actuaciones que reduzcan un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad, siempre que estuviese arrendada o con expectativas de arrendarla, hasta 5.000 euros anuales.

En el caso de que se reduzca un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o se mejore la calificación energética en vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad, la deducción será del 40 % hasta un máximo de 7.500 euros anuales.

En estos dos casos, la deducción se podrá aplicar siempre que la vivienda estuviese arrendada o con expectativas de arrendarla, y siempre que se suscriba dicho contrato antes del 31 de diciembre de 2025.

Una tercera deducción asciende al 60 % si las actuaciones se llevan a cabo en edificios residenciales, en el caso que reduzcan un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B», hasta un máximo de 5.000 euros anuales.

Las novedades de la campaña de la Renta 2024

Bizum

Los planes de la AEAT pasan por que, por primera vez, los contribuyentes puedan pagar sus declaraciones de la Renta a través de Bizum, junto a la tradicional domiciliación bancaria, el cargo en cuenta o con Número de Referencia Completo (NRC) o el pago en una oficina bancaria.

Sistema único para la corrección de las autoliquidaciones

De esta forma, mediante la presentación de una autoliquidación rectificativa el obligado tributario, podrá rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada con anterioridad, con independencia del resultado de la misma, sin necesidad de esperar, en el caso de solicitud de rectificación, una resolución administrativa.

Asistencia para personas mayores

La asistencia personalizada de cara a la Campaña se concreta en la asistencia telefónica, a través del plan 'Le Llamamos' y en la asistencia presencial para la confección de las declaraciones en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y oficinas habilitadas por las comunidades autónomas, ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades Locales.

Asimismo, en el marco del protocolo que la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), se mantiene el plan especial para la confección y presentación de declaraciones de Renta de personas mayores de 65 años que tengan su domicilio fiscal en pequeños municipios.

La devolución del IRPF para mutualistas jubilados

Los mutualistas jubilados con derecho a la devolución del IRPF tendrán que estar pendientes del cambio normativo anunciado por Hacienda para solicitar "de una vez y en un solo pago" lo que les corresponda a lo largo de este año.

Aunque en un principio estaba previsto, en el marco de la reforma fiscal, que estos mutualistas debían reclamar la devolución año a año entre 2025 y 2028 del IRPF pagado de más, Hacienda ha decidido modificar la normativa para que puedan solicitarlo de una sola vez, pero aún no ha comunicado el nuevo mecanismo.

Ayudas por la DANA

Por su parte, el sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) recuerda que se han aprobado varias medidas para evitar la tributación de las ayudas recibidas por los damnificados por los efectos de la DANA. En primer lugar, las ayudas por los daños materiales están exentas, incluida la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros que se considera ayuda a efectos del IRPF.

Sin embargo, si el importe de las ayudas, incluida la indemnización del Consorcio, es inferior al valor de adquisición del elemento patrimonial dañado, habrá una pérdida patrimonial en el IRPF.

Por el contrario, si el importe de las ayudas y de la indemnización del Consorcio es superior al valor de adquisición, habrá una ganancia patrimonial pero se excluye de gravamen si la ganancia es inferior al importe de las ayudas y de la indemnización del Consorcio.

Por otra parte, las ayudas para reparar daños materiales causados por la DANA, considerando también ayuda a efectos del IRPF la indemnización del Consorcio de Compensación, se integran como ganancia patrimonial únicamente si supera el coste de la reparación. En correspondencia, los costes de reparación, hasta el importe de la ayuda más la indemnización, no se considerarán gasto deducible.

Además, las ayudas por daños personales están igualmente exentas, sin que tampoco tributen las ayudas percibidas por el desalojo temporal o definitivo de la vivienda habitual o del local comercial afectado.

También están exentas en el IRPF las cantidades pagadas con carácter extraordinario por los empleadores para sufragar los daños personales y materiales en vivienda, enseres y vehículos de sus empleados y sus familiares. Pero sí se integran en la base imponible el exceso de las cantidades percibidas por los trabajadores que supere el importe de los daños certificados.

Los autónomos en módulos con actividad económica en las zonas afectadas cuentan con una reducción del 25% del rendimiento neto de módulos en el IRPF, adicional a la general del 5% establecida para 2024, y del 25% de las cuotas en el régimen simplificado del IVA. Además, se les permite renunciar excepcionalmente a aplicar el régimen de módulos en la declaración de IRPF 2024, tributando en estimación directa simplificada, sin que sea necesario cumplir con las obligaciones formales específicas.