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El Supremo rechaza dos querellas contra Montero porque no reveló nada del novio de Ayuso

EFE

Madrid |

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, interviene en una sesión de control al Gobierno en el pleno del Congreso, en Madrid. EFE/ Kiko Huesca | EFE/ Kiko Huesca

El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite dos querellas por delitos de revelación de secretos e infidelidad en la custodia de documentos contra la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, al considerar que no reveló "ningún dato personal o reservado" sobre Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso.

La Sala de lo Penal ha decidido no admitir las querellas registradas por la Asociación Liberum y la Fundación Foro Libertad y Alternativa por las declaraciones en las que Montero, el pasado 12 de marzo, exigió explicaciones a la presidenta de la Comunidad de Madrid sobre si "está viviendo en un piso que se pagó con fraude a la hacienda pública y que se pagó con las comisiones respecto a las mascarillas en la peor situación de pandemia que tuvo este país".

Estas asociaciones consideraban que esas declaraciones implicaban que Montero accedió sin autorización y se apoderó de datos personales y reservados referidos a la pareja de Ayuso que se encontraban en ficheros o registros públicos o que alguien que accedió sin autorización se los facilitó; que utilizó dichos datos públicamente con fines políticos y con conocimiento de su origen ilícito; y que el acceso se produjo prevaliéndose de su cargo de ministra de Hacienda.

Por qué no ve delito el Supremo

Pero el Supremo no ve delito alguno al recordar que esas declaraciones se hicieron a las 17.30 horas y esa información la publicó eldiario.es a las 6.01 horas de ese día, "por lo que ningún dato o información pudo revelar que debieran permanecer secretos".

Lo que, a su juicio, "pone de manifiesto que, cuando la querellada efectuó las manifestaciones a que se refieren las querellas, la denuncia de Fiscalía y su contenido, entre el que figuraba el informe de la Agencia Tributaria, ya habían trascendido a terceros y se habían hecho públicos"

De esta forma "no puede estimarse cometido el delito de descubrimiento y revelación de secretos" porque "ningún dato personal y reservado reveló del Sr. González Amador", sino que "se limitó a dar su opinión sobre lo que, a su juicio, debería hacer la Presidenta de la Comunidad de Madrid ante las noticias difundidas en relación a su pareja".

Además, continúa, "tampoco aparece, del propio contenido de sus manifestaciones, que las declaraciones realizadas se refirieran a datos o informaciones de los que tuviere conocimiento por razón de su cargo".