Qué pasa ahora con Puigdemont tras la publicación de la amnistía en el BOE
El BOE ha publicado la ley de amnistía, que entra en vigor de manera inmediata y tiene un plazo determinado para su aplicación por parte de jueces y tribunales.
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La ley de amnistía ha entrado en vigor este martes tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Llamada 'Ley orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña', la normativa ha sido sancionada previamente por el rey Felipe VI y a partir de ahora su aplicación queda en manos de jueces y tribunales.
La norma afecta a la causas vinculadas al 'procés', estos son, el Supremo, la Audiencia Nacional, el Tribunal de Cuentas amén de más de 300 causas en los juzgados y tribunales de Cataluña, y establece que se suspenderán de forma inmediata las medidas cautelares y las órdenes de detención en vigor.
No obstante, hay discrepancias entre los juristas y los fiscales del Supremo que ejercieron la acusación en el juicio a la cúpula del 'procés' han cuestionado que pueda hacerse de forma automática. Es más, los fiscales del Supremo comunicaron al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que se oponen a amnistiar el delito de malversación porque la propia norma lo excluye y, además, "afecta a intereses financieros de la Unión Europea (UE)", lo que concierne al exvicepresident catalán Oriol Junqueras y a los exconsellers Raul Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, condenados por malversación.
¿Qué pasa con Puigdemont tras la entrada en vigor de la amnistía?
La ley de amnistía también afecta a tres de los fugados, que son el expresident catalán Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Lluis Puig, procesados por malversación y desobediencia.
En el caso de Puigdemont, los fiscales sostienen que su orden de detención, así como la de los fugados, no pueden ser retiradas por la amnistía dado que, en su opinión, el delito que justifica la vigencia de dichas órdenes no se puede amnistiar, la malversación.
Por eso, el primer paso que dará el juez del Supremo Pablo Llarena será preguntar a las defensas y acusaciones, como se prevé que hagan una gran mayoría de juzgados y tribunales del país, esto es, dirigirse a las partes para que informen sobre la aplicación de la amnistía en cada procedimiento que pueda verse afectado.
Será entonces cuando se conozca la posición de la Fiscalía, que pretende mantener una unidad de actuación, aunque aún no se conoce cual será su posición respecto a la malversación o las cautelares, una decisión cuya última palabra estará en manos del fiscal general.
Ahora bien, la aplicación de la norma puede quedar condicionada a un factor ya que los tribunales, que disponen de dos meses para aplicar la ley, pueden plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional o una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE, y el proceso en el que estén trabajando quedaría en suspenso.
¿Qué delitos y actos cubre la ley de amnistía?
La amnistía cubre todos los delitos y actos con responsabilidad administrativa o contable relacionados con el proceso independentista catalán y ejecutados entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023.
Cataluña es el lugar donde existen más causas afectadas por la amnistía que el Ministerio Fiscal había fijado en unas 300 sin contar con aquellas que se circunscriben a hechos ocurridos en Barcelona, donde más incidentes se produjeron durante el 'procés'.
Quedan cubiertos los actos cometidos con la intención de reivindicar o promover la secesión de Cataluña o celebrar las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017 y las acciones policiales dirigidas a impedirlo.
Para blindarse ante posibles cuestiones prejudiciales a la justicia europea, la ley establece en un artículo los delitos que quedan excluidos de la amnistía y delimita el perdón a la malversación y el terrorismo de mayor gravedad.