Los Ministerios de Trabajo y Economía han cerrado esta semana un acuerdo para la reforma del subsidio de desempleo que se ha aprobado en el Consejo de Ministros y que era uno de los hitos pendientes para poder solicitar a Bruselas el cuarto desembolso de fondos europeos por importe de 10.000 millones de euros.
La reforma además, será compatible con el trabajo durante un tiempo y se extenderá a colectivos que hasta ahora no se beneficiaban, como los menores de 45 años sin cargas familiares y todos los trabajadores eventuales del sector agrario.
Entrará en vigor, con carácter general, el 1 de junio de 2024, según la norma publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado.
Para poder acceder al nuevo subsidio por desempleo se tiene que haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si se tienen responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no se tienen, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tendrán derecho a la prestación contributiva.
Se deben reunir los requisitos en el momento del hecho causante y, además, en el momento en que se presente la solicitud del subsidio, de sus prórrogas o reanudaciones y mientras se perciba el subsidio.
Se considera fecha del hecho causante aquella en la que se produzca la situación legal de desempleo, o en la que se agote el derecho semestral o en la que termine la causa de suspensión.
La cuantía del subsidio se incrementa: