Un juzgado de Alicante anula parte del pliego del contrato del autobús urbano por la solvencia técnica exigida
El ayuntamiento anuncia que presentará un recurso ya que el nivel de exigencia que requirió en el pliego debía ser acorde a garantizar la prestación de un servicio de calidad en una ciudad como Alicante
El juez titular de plaza número 3 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Alicante ha anulado parte del pliego del contrato del transporte público urbano en autobús de la capital alicantina, que fue adjudicado a Vectalia Mia, por los requisitos de solvencia técnica exigidos.
Así se desprende de una sentencia con fecha del pasado 8 de mayo y en la que el magistrado ha estimado parcialmente la demanda interpuesta por la asociación Gestión Transporte de Viajeros contra ese pliego.
En concreto, declara "contraria a Derecho" la cláusula 28.2 del pliego de cláusulas administrativas particulares, que es la que exigía "experiencia en servicios de transporte urbano de autobuses, con al menos un contrato en los tres últimos años en el que la flota cuente con un mínimo de 71 autobuses en servicio en día laborable".
El juez entiende que "esta cláusula constituye el punto central del litigio". Así, el magistrado ordena al Ayuntamiento de Alicante a "reformular los requisitos de solvencia técnica de forma proporcionada y abierta a experiencias equivalentes".
"Forma excesivamente cerrada"
Indica que el consistorio "ha motivado de forma más intensa que en otros supuestos la necesidad de experiencia previa, pero ello no basta por sí solo para validar la cláusula en los términos en que fue redactada".
"El problema no está en exigir experiencia. El problema está en exigirla de forma excesivamente cerrada: experiencia en transporte urbano de autobuses, en un único contrato, durante los tres últimos años, y con una flota mínima de 71 autobuses", ha señalado el juez.
En esta línea, ha añadido: "Tal configuración puede convertir la solvencia en una barrera de entrada, favoreciendo a operadores incumbentes o a grandes empresas ya presentes en servicios urbanos de gran dimensión, y excluyendo a empresas con experiencia relevante en transporte regular interurbano, metropolitano, discrecional de gran volumen o servicios equivalentes".
"Por tanto, procede estimar este motivo en cuanto la cláusula 28.2 vulnera los principios de proporcionalidad y libre concurrencia, debiendo haberse previsto una formulación más abierta que permitiera acreditar solvencia mediante experiencia equivalente en servicios de transporte colectivo de viajeros de complejidad comparable", ha agregado.
La GTV aspira a la anulación total del pliego de condiciones
La impugnación del pliego fue interpuesto por la Asociación Gestión Transporte de Viajeros de Alicante al considerar que favorecía a la contrata saliente. La cláusula sobre la solvencia técnica que debía presentar el postor fue vista por la AGTV como vulneradora de los principios de proporcionalidad, libre concurrencia, igualdad y no discriminación.
Pese a esta resolución favorable, la Asociación Gestión de Transporte de Viajeros anuncia que recurrirá al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat para conseguir la anulación íntegra de unos pliegos que, a su juicio, blindaban el contrato a favor de la concesionaria de siempre. La entidad empresarial ha querido ser bien clara: el Ayuntamiento de Alicante diseñó un procedimiento que tenía nombre y apellidos antes de abrirse los sobres.
Y es que cláusula que la justicia acaba de anular reducía el universo de potenciales licitadores a apenas cuatro operadores en todo el país, entre ellos la propia concesionaria saliente. Y la prueba del fracaso del modelo está en el propio resultado del procedimiento: a un contrato de 145.570.280 euros prácticamente nadie quiso o pudo presentarse.
Ayuntamiento: "no ha habido nada ilegal"
Por su lado, el vicealcalde de Alicante, Manuel Villar, ha explicado que el consistorio respeta las decisiones judiciales pero en este caso no comparte del criterio del juez. Villar ha matizado que hablamos de "razones subjetivas" y el ayuntamiento entendió que debía plantear un nivel de solvencia alto para que la empresa resultante garantizase el nivel de calidad que debe tener la décima capital de España.
Villar ha concretado que la sentencia no revela nada ilegal; tan sólo el punto de vista del magistrado con relación a este asunto y que difiere del del ayuntamiento. De ahí que se presentará un recurso.
En caso de que no prosperen los recursos a esta sentencia el vicealcalde ha dicho que habría que empezar de cero y partir con una nueva licitación del concurso. La razón es que la parte impugnadora no estaba entre los postores que optaban a la adjudicación del servicio. Sería el peor escenario pero la ciudad no se quedaría sin autobuses ya que se puede prorrogar el contrato hasta que se adjudique de nuevo dicho servicio, si es que al final se llega a ese extremo.
Villar ha expresado su deseo no de no tener tampoco que indemnizar a Vectalia en casi de que, finalmente, se anule el contrato. La compañía adjudicataria, por su parte, estudia también la presentación de un recurso.