ELECCIONES EUROPEAS

Cómo votar por correo en las elecciones europeas: estos son los plazos de Correos

Para aquellos que no puedan acudir a los colegios electorales el día de la votación, existe la opción del voto por correo, que permite participar en las elecciones europeas del 9 de junio.

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Miriam Méndez

Madrid | 16.05.2024 10:03

Una persona con un ticket de voto por correo en la oficina de Correos de Cibeles | Jesús Hellín / Europa Press

La campaña electoral de las elecciones europeas arrancará el 24 de mayo y finalizará el 7 de junio y, durante la jornada electoral, los votantes podrán acudir a su colegio electoral asignado, que aparece en su tarjeta censal, desde las nueve de la mañana hasta las ocho de la noche para emitir su voto.

En línea con la normativa de procesos electorales, aquellos que prefieran no votar presencialmente el día de las elecciones tienen la opción de votar por correo. De hecho, recientemente, la Junta Electoral Central ha extendido el plazo para esta modalidad de voto en las próximas elecciones europeas, facilitando así la participación de quienes opten por esta alternativa.

Así puedes votar por correo en las elecciones europeas 2024

Se puede solicitar el voto por correspondencia presencialmente en cualquier sucursal de Correos, presentando el DNI, pasaporte o permiso de conducir. También está disponible la opción de realizar esta gestión en línea a través de la página web de Correos, para lo cual es necesario registrarse utilizando un DNI Electrónico o un certificado digital válido.

Una vez enviada la solicitud, la Oficina del Censo Electoral procesará la petición y enviará al solicitante toda la documentación requerida para votar por correo.

Plazos del voto por correo

De acuerdo con la página web de la Junta Electoral, a partir del 20 de mayo, cada votante recibirá en su casa, mediante correo certificado, un paquete que contiene las papeletas, sobres electorales, un certificado emitido por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral y otro sobre que indica la dirección de la Mesa Electoral correspondiente. Es necesario que el destinatario reciba personalmente este paquete y firme su recepción. Además, el envío incluye instrucciones detalladas sobre cómo proceder con el voto.

Si el destinatario no está presente para recibir el paquete, deberá ir personalmente a Correos con una identificación adecuada para reclamarlo o puede autorizar a alguien más para recogerlo en su nombre.

Una vez que el votante tiene la documentación, debe seleccionar la papeleta de su preferencia, colocarla dentro del sobre de votación y cerrarlo. Este sobre, junto con el certificado, debe ser introducido en el sobre final dirigido a la Mesa Electoral. Posteriormente, se envía todo de vuelta por correo certificado. El último día para enviar el voto por correo se ha extendido hasta el 6 de junio de 2024.

Así, las fechas importantes y el calendario para tener en cuenta al votar por correo en las elecciones europeas del 9 de junio son las siguientes:

  • Desde el 17 de abril: ya es posible solicitar el voto por correo.
  • 30 de mayo: fecha límite para realizar la solicitud de voto por correo, correspondiente al décimo día antes de la jornada electoral, de acuerdo con la información proporcionada por una nota de prensa de Moncloa.
  • 6 de junio: último día para enviar el voto por correo certificado a través de Correos.
  • 9 de junio: Correos entregará los votos a las mesas electorales correspondientes en el día de las elecciones.

Procedimiento para votar desde el extranjero en las elecciones europeas

Los ciudadanos españoles que residen temporalmente en el extranjero pueden participar en las elecciones mediante el voto ERTA, si están inscritos para votar en España. Deben solicitar este tipo de voto en la Oficina Consular correspondiente hasta el 11 de mayo. La documentación necesaria se enviará para que puedan remitir su voto a su mesa electoral en España por correo certificado, teniendo como fecha límite el 5 de junio para su envío.

Por otro lado, los españoles que viven permanentemente en el extranjero (voto CERA) recibirán los materiales electorales en la dirección que figure en el Censo de Electores Residentes Ausentes. Tienen la opción de votar en persona en la embajada o consulado del 1 al 6 de junio, o bien pueden enviar su voto por correo certificado, teniendo hasta el 4 de junio para hacerlo.

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