Los requisitos para votar en las elecciones de Aragón 2026
La convocatoria de elecciones anticipadas es causada, principalmente, por la falta de acuerdo para aprobar los presupuestos del 2026.
Cómo votar por correo en las elecciones de Aragón: las fechas límite para depositar la papeleta
Cuándo puedo saber si me ha tocado ser mesa electoral en las elecciones de Aragón 2026
Madrid |
El próximo 8 de febrero se celebrarán las elecciones autonómicas en Aragón, después que el actual presidente de la comunidad autónoma de Aragón, Jorge Azcón, representante del Partido Popular, decidiera convocar elecciones anticipadas. La decisión de disolver las Cortes de Aragón, por parte del Partido Popular, viene provocada principalmente al no conseguir el apoyo por parte de los demás partidos políticos representados en el Parlamento de Aragón, para poder aprobar los presupuestos autonómicos de este año 2026.
Según el Instituto Aragonés de Estadística, en las elecciones autonómicas a las Cortes de Aragón del próximo 8 de febrero, tienen derecho a votar 1.036.325 aragoneses y aragonesas. De la totalidad de votantes, 991.892 corresponden a residentes en Aragón y 44.433 a residentes en el extranjero, que figuran inscritos en un municipio de Aragón.
Para poder ejercer el derecho a voto en las próximas elecciones, hay que cumplir los requisitos establecidos en la normativa española y autonómica. A continuación se facilitan los requisitos imprescindibles para poder votar en las próximas elecciones a las Cortes de Aragón.
Edad mínima requerida
Para poder votar en las elecciones autonómicas de Aragón del próximo 8 de febrero, hay que ser mayor de edad. Es decir, pueden votar las personas a partir de 18 años. Recordar que si cumples 18 años el día de la votación, tienes derecho a voto.
Nacionalidad. Derecho a voto en la comunidad de Aragón
El 8 de febrero tendrán derecho a votar en las elecciones autonómicas todos los ciudadanos con condición política de aragoneses. Según el Estatuto de Autonomía de Aragón, tienen condición política de aragoneses y pueden votar en las próximas elecciones a las Cortes de Aragón, los ciudadanos españoles con vecindad administrativa en cualquier municipio de Aragón, ya que están incluidos en el Censo Electoral de Residentes (CER) para la comunidad de Aragón. Así como los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido vecindad administrativa en Aragón antes de marcharse y que estén inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) para estas elecciones. De esta manera, en las elecciones autonómicas tienen derecho a voto los aragoneses residentes en España y también los residentes en el extranjero.
Inscripción en el censo electoral
Para poder votar en las próximas elecciones autonómicas de Aragón es indispensable estar inscrito en el censo electoral correspondiente, según tu situación el día de las votaciones:
- Electores residentes en España (CER): las personas que estén viviendo en Aragón y tengan derecho a voto, deben estar registradas en el censo de electores residentes en España.
- Electores residentes en el extranjero (CERA): los ciudadanos españoles que residan fuera de España, pueden votar si están inscritos en el censo de electores residentes ausentes.
- Electores temporalmente en el extranjero (ERTA): los ciudadanos españoles que están temporalmente fuera de España, pueden solicitar votar desde el país donde se encuentren, a través del procedimiento de solicitud establecido por la junta electoral.
Se recomienda consultar la inscripción en el censo electoral antes de las elecciones. Se puede realizar a través de la web del Instituto Nacional de Estadística. También se puede verificar en el momento que recibes la tarjeta censal con los datos actualizados.
Documentación para poder votar
Para poder ejercer tu derecho a voto en las elecciones a las Cortes de Aragón, es imprescindible que lleves contigo un documento de identificación original y válido, que incluya una fotografía. Los documentos aceptados son:
- Pasaporte con fotografía incluida.
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Carnet de conducir con fotografía o su versión digital en la app miDGT.
Limitaciones de voto
No podrán votar en las elecciones autonómicas, las personas que tengan una condena judicial firme, la cual incluye la privación del derecho de sufragio, durante la duración de la pena judicial.