La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a 18 meses de prisión y multa de 3.000 euros a la administradora única de la residencia de estudiantes 'Emperatrices' de Granada por la venta de cocaína, hechos que ella misma ha reconocido.
Además de la mujer de 34 años y con antecedentes penales, también ha sido condenado a la misma pena la persona a la que le distribuía la droga, Mohamed C., de 30 años, sin antecedentes.
La sentencia, dictada 'in voce' por los magistrados tras la conformidad entre la Fiscalía y las defensas, declara probado que fueron los miembros del Grupo VI de la Brigada Provincial de Policía Judicial de la Policía Nacional de Granada quienes detectaron que el acusado Mohamed C., alias 'Charly', se dedicaba a la venta y distribución de cocaína al menudeo en la zona centro de la capital granadina. Para ello usaba un Opel Astra color dorado a nombre de su esposa, ajena a los hechos.
'Charly' era abastecido de la droga que después vendía por la procesada, encargada de la residencia femenina de estudiantes situada en la calle Emperatriz Eugenia, lugar al que el primero se desplazaba para adquirir las sustancias estupefacientes, según consta en la resolución.
Así, los días 15 y 16 de diciembre de 2015, los agentes de la Policía hicieron un seguimiento a los dos inculpados, y, tras la vigilancia sobre la residencia estudiantil, comprobaron que la mujer se dirigía a un cajero cercano. Después tomó su coche y se desplazó hasta el restaurante 'Los Diamantes' de Huétor Vega, donde se reunió con el otro inculpado con el objetivo de realizar una transacción de droga.
Los agentes procedieron a interceptarlos y, tras su detención, descubrieron en el interior del bolso de la mujer una balanza de precisión, una bolsa transparente con 50 gramos de cocaína en roca, y otra bolsita con un gramo de la misma sustancia en polvo, droga que habría alcanzando en el mercado ilícito el valor de 2.971 euros.
La acusada tenía además un teléfono móvil y 200 euros en efectivo, y el hombre tres teléfonos y 25 euros. Por todo, el tribunal condena a los dos procesados, que aceptaron los hechos, a 18 meses de prisión y multa de 3.000 euros, en una sentencia contra la que tan sólo cabe recurso de casación en aquello que se aparte de los estrictos términos de la conformidad alcanzada.