Estas son las medidas en defensa del empleo aprobadas hoy en el Congreso
El Boe publicaba el pasado 13 de mayo el Real Decreto-ley 18/2020 de medidas sociales en defensa del empleo firmado por Pedro Sánchez y los agentes sociales. En este Real Decreto se enmarca la prórroga de los ERTE hasta el próximo 30 de junio. Hoy se ha votado en el Congreso su aprobación. Consulta aquí las medidas de este Real Decreto.
El Real Decreto-ley 18/2020 prorroga los ERTE por fuerza mayor hasta el 30 de junio de 2020 para aquellas empresas que no puedan reanudar su actividad por causas de fuerza mayor, permite que las empresas que puedan recuperar parcialmente su actividad puedan proceder a la incorporación parcial de personas trabajadoras afectadas por ERTE.
El nuevo texto normativo modifica la Disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, que garantiza el compromiso del mantenimiento del empleo, por parte de las empresas, en un plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de su actividad, entendiendo por tal la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando esta sea parcial o sólo afecte a parte de la plantilla.
Las empresas con domicilio fiscal en paraísos fiscales no podrán acogerse al ERTE
El real decreto-ley señala que las empresas y entidades que tengan su domicilio fiscal en paraísos fiscales no podrán acogerse a los ERTE y prohíbe que las que se acojan puedan repartir dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación de los ERTE, excepto si devuelven la parte correspondiente a la exoneración aplicada a cuotas de la Seguridad Social.
Exoneración de cuotas a la Seguridad Social
El texto mantiene la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social para las empresas que continúen en ERTE de fuerza mayor total, exoneración que será del 75% para empresas de 50 o más trabajadores. Para las empresas inmersas en un ERTE por fuerza mayor parcial se establecen diferentes tramos, en función del mes, del número de personas trabajadoras de la empresa y de su afectación por el ERTE, que incentivan el retorno a la actividad siguiendo las medidas sanitarias. Para los trabajadores que reanudan su actividad la exoneración será del 85% en mayo y del 70% en junio (empresas con menos de 50 trabajadores a 29 de febrero de 2020). En empresas de 50 o más trabajadores la exención alcanzará el 60% en mayo y el 45% en junio. Respecto a trabajadores que continúen con sus actividades suspendidas, en un ERTE de fuerza mayor parcial, la exoneración será del 60%, en mayo, y del 45% en junio (empresas con menos de 50 trabajadores) y del 45% en mayo y del 30% en junio (empresas de 50 o más trabajadores).
Creación de una Comisión tripartita
El Real Decreto-ley contempla además la creación de una Comisión de Seguimiento tripartita laboral del proceso de desconfinamiento entre los Ministerios de Trabajo y Economía Social, Inclusión y Agentes Sociales (CEOE, CEPYME, UGT y CCOO) para el seguimiento de medidas en la fase de excepcionalidad atenuada.
Esta Comisión se reunirá, con carácter ordinario, el segundo miércoles de cada mes, previa convocatoria remitida por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y con carácter extraordinario, siempre que lo soliciten tres de las cuatro organizaciones integrantes de la misma. La Comisión será consultada para la posible prórroga de ERTE más allá del 30 de junio.
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