Así el Alto Tribunal condena a Ana Belén E.G. a 8 años de prisión por dos delitos de proposición de asesinato y a Jesús M.P a 5 años por un delito de proposición de asesinato, el de su suegro, siendo la agravante de parentesco de aplicación en su caso.
Según los hechos probados por la sentencia, Ana Belén y Jesús comenzaron una relación sentimental en el año 2008 cuando se conocieron en el trabajo que los dos desempeñaban como empleados de la funeraria Servisa, de Madrid. La acusada estaba casada y mantenía tiempo que la relación extramatrimonial con el acusado, dos relaciones afectivas más, una con otro compañero de trabajo que desconocía su relación con Jesús y con un hombre relacionado con los bajos fondos que fue quien les delató.
El acusado estaba igualmente casado y disfrutaba del alto nivel económico del padre de su mujer. Parece que no se llevaba bien con el suegro y el suegro decidió que firmaran el régimen económico de separación de bienes. Aún así, la mujer ponía en manos de su esposo bastantes cantidades de dinero de las que se beneficiaba la amante, la mujer que encargó el asesinato.
En el mes de septiembre de 2008, Ana Belén contactó telefónicamente con otro hombre a quien conocía desde hace años. Era el tercero de los amantes y la mujer pensaba que tenía contactos con personas que podrían acabar con la vida de otros.
Ana Belén le explicó su deseo de matar al suegro de Jesús y también a su otro amante en la funeraria de quien dijo que debía ser el primero en morir porque podría llegar a sospechar que ella y Jesús tenían algo que ver con la muerte del empresario.
El hombre contactado para realizar el crimen recibió dinero de los acusados como adelanto y también datos sobre los dos objetivos y con esas pruebas se fue a la comisaría de Policía de Alcalá de Henares a denunciar los hechos.