Por qué David Sánchez no tendrá que devolver su sueldo pese a ser condenado: la clave está en quién podía reclamarlo
Tanto la Diputación de Badajoz como el Ministerio Fiscal podrían haber reclamado recuperar el dinero percibido en salarios por los condenados. Sin embargo, ninguno de los dos lo hizo.
La sentencia de 378 páginas de la Audiencia Provincial de Badajoz que condena a David Sánchez y a otros diez acusados por delitos de prevaricación deja el hecho de que nadie reclamó la devolución de los salarios percibidos por los condenados y, además, la propia Diputación de Badajoz asumió la defensa jurídica de dos de ellos.
La resolución, que no es firme y puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, dedica varios apartados a explicar por qué, pese a las condenas, no existe ningún pronunciamiento sobre responsabilidad civil ni obligación de devolver cantidades ingresadas.
¿Por qué no tendrán que devolver el dinero?
Las acusaciones populares solicitaron durante el juicio que David Sánchez y Luis Carrero devolvieran los salarios percibidos en los puestos cuya creación y modificación han sido declaradas constitutivas de prevaricación.
Sin embargo, la Audiencia rechaza entrar a valorar esa petición por una cuestión estrictamente procesal: las acusaciones populares no están legitimadas para reclamar esa responsabilidad civil.
Según explica la Sala, únicamente podían hacerlo dos partes: la Diputación de Badajoz, como administración que abonó esos salarios y, por tanto, posible perjudicada; y el Ministerio Fiscal. Ninguno de los dos lo hizo.
La Fiscalía mantuvo durante toda la causa que debía archivarse el procedimiento y nunca formuló acusación. La Diputación, por su parte, tampoco reclamó la devolución de las cantidades abonadas.
La sentencia añade incluso que, en cualquier caso, una eventual reclamación patrimonial podría corresponder al Tribunal de Cuentas, sin pronunciarse sobre el fondo de esa posibilidad.
La Diputación también defendió a dos de los condenados
Otro de los aspectos llamativos del fallo es que la propia Diputación de Badajoz proporcionó asistencia jurídica a dos de los once condenados.
La diputada de Cultura y el jefe del Servicio de Recursos Humanos comparecieron representados por los Servicios Jurídicos de la institución provincial durante todo el procedimiento.
Se trata de la misma administración que sufragó los salarios objeto de la controversia y que, según la propia sentencia, era una de las dos únicas partes que podía haber solicitado la devolución del dinero.
La asistencia jurídica a empleados y cargos públicos por parte de una administración no es una figura excepcional y está prevista en numerosos supuestos cuando los hechos investigados se producen en el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, la coincidencia de que la institución no reclamara responsabilidad civil y, al mismo tiempo, asumiera la defensa de dos de los acusados constituye una singularidad.
Sin responsabilidad civil pese a las condenas
La Audiencia condena a once personas por distintos delitos de prevaricación administrativa relacionados con la creación de la plaza de David Sánchez, la posterior modificación de su puesto y la creación de otra plaza para Luis Carrero.
No obstante, el fallo no contiene ninguna condena económica derivada de esos hechos.
Así, aunque David Sánchez ha sido condenado como cooperador necesario de un delito de prevaricación administrativa a nueve años de inhabilitación, la sentencia no establece la devolución de los salarios percibidos, al entender que nadie con legitimación ejercitó esa pretensión durante el procedimiento.