Prohibición Jumilla

Los obispos se pronuncian ante la prohibición de Jumilla: "Las manifestaciones públicas están amparadas por la Constitución"

Carlos Molina Martín-Moreno

Madrid |

Los Obispos se pronuncian ante la prohibición de Jumilla: Están amparadas por la Constitución | Getty Images

El pasado miércoles, entró en vigor en el municipio murciano de Jumilla, la resolución que se aprobó el pasado 28 de julio que limita el uso de espacios públicos para la celebración de festividades musulmanas, para solo permitir aquellas que sean organizadas por el Ayuntamiento.

Aunque fue Vox quien propuso la Moción inicial, el Partido Popular la enmendó para suavizar el texto sin alterar su fondo. "El PP lo que hizo fue presentar una enmienda blanqueando la moción", denuncia Juana Guardiola, exalcaldesa y actual portavoz socialista.

La Conferencia Episcopal responde

Ante tal revuelo, La Conferencia Episcopal Española (CEE) ha salido para afirmar que esa prohibición es completamente anticonstitucional. Las manifestaciones religiosas públicas, entendidas como libertad de culto, están amparadas por el derecho a la libertad religiosa, un derecho humano fundamental -dicen- protegido por la Constitución española.

De esta manera la CEE se une a la Comisión Islámica de España en cuanto a su opinión sobre el veto de Jumilla a las celebraciones musulmanas en las instalaciones municipales.

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La Constitución afirma en el artículo 16.1 que "Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley", recuerda la Conferencia Episcopal.

Por eso, a juicio de los obispos, la única intervención que las autoridades públicas pueden hacer es cuando estos eventos perturben el orden público.

"Esto debe ser valorado con objetividad por especialistas y con criterios técnicos para que no responda a una decisión arbitraria o ideológica", entienden los obispos.

Se remiten a la carta de Derechos Humanos

La CEE recuerda que lo que señala la Declaración de los Derechos Humanos en su artículo 18, es decir que todas las personas tienen derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho, según afirman, incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

"La limitación de estos derechos atenta contra los derechos fundamentales de cualquier ser humano, y no afecta solo a un grupo religioso, sino a todas las confesiones religiosas y también a los no creyentes", subraya la CEE.

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