El Consejo de Ministros ha dado luz verde a una importante reforma normativa para proteger a los trabajadores que padecen enfermedades de gravedad. Mediante la modificación del Real Decreto 1851/2009, el Ejecutivo amplía el listado de dolencias que dan derecho a acogerse a la jubilación anticipada por razón de discapacidad.
Una medida que beneficiará a unas 50.000 personas en todo el país y que para la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, busca garantizar que las personas afectadas "cuenten con una especial protección que haga justicia y equipare sus posibilidades con las del resto de la población trabajadora", paliando así el impacto de estas condiciones en su desempeño laboral.
La actualización del anexo legal incorpora las siguientes patologías generadoras de discapacidad:
Esta norma establece que los trabajadores afectados por alguna de estas dolencias podrán adelantar su jubilación hasta los 56 años sin sufrir ningún coeficiente reductor en el cálculo de la cuantía de su prestación. Para ello, deberán cumplir los siguientes requisitos.
El periodo en el que se reduzca la edad de jubilación computará como cotizado a efectos de determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión.