El BOE publica los nuevos decretos de vivienda: estas son las 21 medidas y los cambios introducidos por el Gobierno
El Gobierno mantiene la base de los decretos que fueron tumbados en el Congreso. Uno de ellos entra en vigor este jueves y el otro solo lo hará si lo aprueba la Diputación Permanente.
Madrid |
Pedro Sánchez confirmó en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros la estrategia del Gobierno para volver a sacar los decretos de vivienda que fueron tumbados en el Congreso de los Diputados el pasado viernes. Pese al 'no' del Parlamento, el Ejecutivo aprobó de nuevos unos textos que mantienen la base de los anteriores, aunque con modificaciones para maquillar una nueva publicación en el BOE y su posterior paso por la Diputación Permanente.
El BOE ya ha publicado los dos decretos, aunque solo el primero de ellos entra en vigor este jueves, un día después de su aparición en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, el segundo de ellos, el que tiene que ver con la renovación automática de los alquileres y que ha provocado más rechazos en grupos como el PNV o Coalición Canaria, lo hará el 15 de noviembre.
Esto implica que sus medidas solo entrarían en vigor si lo aprueba la Diputación Permanente, un paso que elimina la necesidad de Junts para aprobar dichos decretos. Todo depende así del PNV, que ya ha confirmado que apoyará el primer decreto y no el segundo, por lo que éste último se prevé que no salga adelante. No así el primero, que pasará el obstáculo de la votación del Congreso.
Las medidas de vivienda anunciadas por Sánchez y los cambios en los decretos
El presidente del Gobierno detalló que se trata de 21 medidas que ya recoge el BOE y que introducen ligeros cambios con respecto a los textos que rechazó la Cámara Baja. En Onda Cero repasamos todas las medidas reflejadas en los decretos.
Ampliación del escudo antidesahucios hasta 2030
Las personas vulnerables sin alternativa habitacional quedan protegidas y no podrán ser desahuciadas en un escudo social que queda ampliado hasta 2030.
Línea de financiación ICO: préstamos de hasta 50.000 euros sin intereses
Sánchez anunció la creación de una línea de financiación ICO de 10.000 millones de euros. Se trata de préstamos de hasta 50.000 euros sin intereses para las personas que compren su primera vivienda que se podría comenzar a pagar tras completar la hipoteca.
Restricción a la compra especulativa de fondos buitre
Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2030 de la prohibición de la compra especulativa de vivienda a fondos buitre, salvo los inmuebles que se vayan a destinar a vivienda asequible o social.
Los fondos buitre podrán adquirir vivienda por debajo de un 70% del valor del inmueble si lo destinan al alojamiento de personas que precisen atención sociosanitaria, víctimas de violencia de género o colectivos vulnerables por parte de entidades del tercer sector.
Suspensión de desahucios en inmuebles de fondos
Aun con todas estas excepciones, si alguna de estas empresas adquiere o se adjudica, por un importe inferior al 70 % de su valor de mercado la vivienda habitual de una persona en situación de vulnerabilidad y que carezca de alternativa habitacional, quedará suspendido hasta el 31 de diciembre de 2030 un posible desahucio.
El texto señala que este veto se extiende también a las personas jurídicas que ostenten la condición de gran tenedor conforme a la legislación estatal de vivienda. La compra queda limitada a toda entidad con o sin personalidad jurídica dedicada a adquirir inmuebles o carteras de préstamo hipotecarios impagados por un precio claramente inferior a su valor de tasación de mercado, así como las personas jurídicas que ostenten la condición de gran tenedor conforme a la legislación estatal de vivienda o las entidades integradas en su mismo grupo o que actúen por su cuenta.
La prohibición no se aplicará para las compras que ya estén elevadas a escritura pública, aunque no se encuentren aún en el Registro de Propiedad, cuando entre la ley en vigor.
Desahucios por impago: las administraciones deben hacerse cargo
Si la administración autonómica correspondiente no ofrece una alternativa habitacional al inquilino en condición vulnerable que no puede pagar el alquiler, esta debe hacerse cargo del pago para evitar el desahucio. La administración tiene dos meses para proporcionar dicha alternativa o pagar al propietario las deudas, cantidades y cosas procesales. Esta situación se revisará cada 12 meses.
Prórroga de dos años de los alquileres
Aquellos contratos de alquiler que venzan antes del final de 2028, serán prorrogados durante dos años más con las mismas condiciones de la actualidad.
Límite a las actualizaciones de los contratos
Hasta finales de 2027, se limitan las subidas de contrato si la renta ya supera el máximo fijado por el sistema estatal de referencia. Para el resto de casos, la subida no podrá superar el 2%.
Más antelación para avisar al propietario
Los inquilinos deben avisar al propietario con al menos 30 días de antelación si quieren romper el contrato, solo si han transcurrido seis meses desde su firma.
Regulación del alquiler de temporada
Los alquileres de este tipo tendrán que durar más de 31 días y no podrán superar los 12 meses, salvo excepciones que sean acreditadas debidamente. Si no se justifica, el alquiler pasará a ser arrendamiento habitual.
Regulación del alquiler por habitaciones
La ley establece que la suma de lo que se cobra por todas las habitaciones no podrá superar el total de alquiler que corresponde a la vivienda completa y en las zonas tensionadas se debe respetar el límite de precios establecido.
Deducción del alquiler para inquilinos
Habrá deducción estatal en la renta del 10% de las cantidades pagadas por la vivienda habitual para inquilinos con base imponible de menos de 33.307 euros. El propio Sánchez aseguró que en un alquiler de 800 euros mensuales, la deducción rondaría los 1.000 euros en la declaración de la renta.
Beneficios fiscales para propietarios
Los pequeños propietarios que reduzcan el precio del alquiler podrán beneficiarse de hasta el 100% del IRPF, según la reducción correspondiente.
IVA al 10% en pisos turísticos
Los alquileres de pisos turísticos tendrán que tributar al 10% de IVA, tanto los contratos de corta duración como aquellos en los que se den servicios compatibles con la hostelería.
Gravamen especial para socimis
Las sociedades de inversión inmobiliaria que tengan beneficios del alquiler residencial se acogerán a un impuesto especial de hasta el 25%, aunque esta cantidad se podrá reducir si se destinan las viviendas al alquiler asequible.
Recargos del IBI a viviendas vacías y turísticas
Los ayuntamientos podrán aplicar recargos de hasta el 150% a viviendas desocupadas desde hace más de tres años y también para inmuebles turísticos (mayor recargo para un propietario que tenga cuatro o más viviendas para esta finalidad).
Los inmuebles de la Seguridad Social pasan a Casa 47
Las viviendas que forman parte del patrimonio de la Seguridad Social se traspasan a Casa 47 para destinarlas al parque público del alquiler asequible.
Más vivienda social asequible
El Gobierno destinará 280 millones de euros en avales para impulsar la construcción industrializada de vivienda, con plazos menores a los habituales. También 2.000 millones a través del ICO para los préstamos públicos y privados a la hora de construir viviendas destinadas al alquiler social o asequible.