El Ministerio de Hacienda ha confirmado que no modificará el IRPF para elevar el mínimo exento acompañando la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esto supone que, por primera vez, quienes perciban el SMI tributarán en el siguiente tramo del IRPF, al no adecuarse el mínimo exento a la nueva cantidad.
El Consejo de Ministros ha aprobado una subida del SMI del 4,4%, elevándolo a 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 16.576 euros al año. Sin embargo, Hacienda ha decidido mantener el mínimo exento en los 15.876 euros anuales, cifra que se estableció el año pasado.
Esta decisión significa que los 700 euros anuales que superan el mínimo exento tributarán en el tramo del 24%, en lugar de quedar exentos, como había sucedido en anteriores ocasiones cuando se ajustaba el IRPF al nuevo SMI (en ese caso hubieran seguido en el tramo de 19%).
Desde el departamento dirigido por María Jesús Montero, se ha argumentado que la medida responde a que ya se aprobó una importante rebaja fiscal para las rentas bajas y medias. Según Hacienda, la mayoría de los trabajadores que perciben el SMI seguirán sin tributar, pero reconoce que algunos sí lo harán debido a esta decisión.
Por su parte, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha defendido la necesidad de elevar el mínimo exento, a lo que las fuentes de Hacienda han respondido rechazando la "estigmatización" del pago de impuestos.
El mantenimiento del mínimo exento en 15.876 euros implica que la parte del SMI comprendida entre esta cifra y los 16.576 euros tributará al 24%, el segundo tramo del IRPF. Estos son los tramos:
- Hasta 12.450 euros: 19%
- De 12.450 a 20.200 euros: 24%
- De 20.200 a 35.200 euros: 30%
- De 35.200 a 60.000 euros: 37%
- De 60.000 a 300.000 euros: 45%
- Más de 300.000 euros: 47%
Hasta ahora, el tramo del 19% se prorrogaba hasta el valor del SMI, pero con la nueva norma, los 700 euros adicionales tributarán al 24%.