Esta es la fecha en la que cada banco abonará la paga extra de Navidad a los pensionistas
Aunque estas pagas se abonan "a mes vencido", los bancos suelen adelantar este ingreso para facilitar que los pensionistas afronten con mayor tranquilidad los gastos previos a la Navidad.
Madrid |
La esperada paga extra de Navidad para los pensionistas ya tiene fecha aproximada en el calendario. Aunque la normativa de la Seguridad Social establece que las pensiones, incluidas las extraordinarias, se abonan "a mes vencido", dentro de los primeros días hábiles del mes siguiente, los bancos suelen adelantar este ingreso para facilitar que los pensionistas afronten con mayor tranquilidad los gastos previos a la Navidad.
El abono de la paga extra se realizará entre los días 22 y 26 de noviembre, dependiendo de la entidad. En 2024, por ejemplo, algunas entidades comenzaron a pagar ya el jueves 21 y otras lo hicieron el viernes 22.
La Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) recuerda que la paga extra de Navidad se devenga por el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 30 de noviembre, y se abona precisamente durante el mes de noviembre. En consecuencia, los pensionistas que la perciben de manera habitual podrán verla reflejada en sus cuentas alrededor del 24 o 25 de noviembre, aunque la fecha concreta dependerá de si su banco adelanta el pago.
El portal especializado 65YMÁS se ha puesto en contacto con las entidades financieras y ofrece las fechas concretas de cada una:
- Caja Rural de Granada: día 25
- Unicaja: día 21
- Bankinter: día 21
- Caja de Ingenieros: día 21
- CaixaBank: día 24
- Santander: día 24
- BBVA: día 25
- Ibercaja: día 25
- Banco Sabadell: día 25
- Kutxabank: día 25
- ING: día 25
- Abanca: día 25
- Cajamar: día 25
¿Quiénes tienen derecho a esta paga y cuál es su cuantía?
Esta paga extraordinaria corresponde a todos los beneficiarios de pensiones contributivas (jubilación, viudedad, incapacidad permanente u orfandad) que reciben su prestación en 14 pagas anuales (12 ordinarias más dos extras).
Por el contrario, las pensiones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional se abonan en 12 mensualidades, ya que las extras están prorrateadas. Por ello, estos pensionistas no perciben una paga de Navidad adicional.
La cuantía de la paga extraordinaria equivale a una mensualidad completa de la pensión ordinaria, siempre que el derecho se haya generado durante todo el semestre (del 1 de junio al 30 de noviembre). En los casos en que la pensión comenzó a cobrarse después del 1 de junio, el importe se calculará de forma proporcional.
Estas pagas extraordinarias siguen estando reguladas por la Ley General de la Seguridad Social, que establece tanto los conceptos como los periodos de devengo y pago de las pensiones contributivas.