Condenados a 14 años de prisión a dos jóvenes por violar simultáneamente a una chica privada de sentido en Bilbao
La joven fue agredida por vía anal y vaginal y tratada "como un mero objeto o muñeco, cosificándola hasta el grado máximo"
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a dos jóvenes a 14 años de prisión cada uno por violar de modo simultáneo por vía vaginal y anal a una chica con su voluntad anulada por la ingesta de alcohol.
El tribunal, que les condena por un delito de agresión sexual, también acuerda imponer a los dos condenados una medida de libertad vigilada de cinco años a cumplir con posterioridad a la pena de cárcel, que incluirá el seguimiento de programas de educación sexual. También les condena al pago de una indemnización conjunta y solidaria a la víctima de 30.000 euros y la prohibición de comunicarse y acercarse a ella a menos de 500 metros durante 15 años, entre otras medidas.
Según se recoge en la sentencia, en la madrugada del 11 de agosto de 2024, la joven y sus amigas coincidieron de fiesta en una discoteca de la capital vizcaína en la madrugada con los dos acusados --a los que ella conocía-- y sus amigos.
Una vez que cerró la discoteca, sobre las seis de la mañana, algunos del grupo, entre ellos la joven y los dos acusados, se subieron en el coche conducido por uno de los amigos de los procesados con la intención de continuar la fiesta en el domicilio de este.
Sin embargo, el vehículo se detuvo ante la vivienda de uno de los acusados para "coger bebidas alcohólicas" a la que subieran los dos acusados y la joven, y donde se produjo la agresión sexual.
La resolución apunta a la situación de inconsciencia de la víctima, que recuerda los "cachos de imágenes" que tiene de lo ocurrido, y añade que la víctima "fue incapaz de reaccionar" y finalmente despertó "completamente desnuda y sola" en una habitación de la vivienda.
El tribunal destaca en su resolución la "solidez de la prueba de cargo" y la verosimilitud interna y externa del relato de la joven frente a la ausencia de "base lógica de la tesis de descargo de los acusados" y la "falta de coherencia y credibilidad" de la prueba presentada por estos.