El Tribunal Supremo ha dado definitivamente la razón al sector del transporte al admitir que la Norma Foral 07/2016, de 15 de diciembre, por la que se regulaba el canon de utilización de determinados tramos de la N-I y la A-15 en Gipuzkoa era discriminatoria para los transportistas foráneos que debían atravesar el territorio con sus vehículos. Así las cosas, ese fallo rechaza el recurso presentado ante el alto tribunal por la Diputación de Gipuzkoa después de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en abril del 2018 fallara en ese sentido tras la reclamación presentada por el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC). La sentencia del TS ha sido comunicada por la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), que considera que este fallo «supone la elimintación y supresión de los peajes en el territorio» y «abre la puerta a la posibilidad de reclamar y recuperar a los transportistas los peajes abonados y la devolución por indebidas, de las sanciones que hubieran podido ser impuestas».
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