La cuantía de la prima básica se establece en 20.000 euros

El DOE publica las ayudas a los jóvenes agricultores que pueden llegar hasta los 70.000 euros por agricultor

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica este martes, día 21, las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la región, y se realiza la primera convocatoria para ambas ayudas.

Redacción

EXTREMADURA |

El DOE publica las ayudas a los jóvenes agricultores que pueden llegar hasta los 70.000 euros por agricultor | ONDA CERO

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica este martes, día 21, las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la región, y se realiza la primera convocatoria para ambas ayudas.

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas y explotaciones de titularidad compartida, inscritas en el Registro de Titularidad Compartida de Explotaciones Agrarias de Extremadura, que reuniendo las condiciones de joven agricultor, se establezcan en una explotación prioritaria por primera vez.

Las solicitudes promovidas por personas físicas deberán cumplir requisitos como haber cumplido los 18 años en la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda y no haber cumplido 41 o más años en la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda.

También deben contar con la capacidad y las competencias profesionales o académicas adecuadas, informa en nota de prensa la Junta de Extremadura.

Se dispondrá de un plazo de hasta 36 meses desde la fecha de establecimiento para alcanzar este requisito, siendo obligatoria su obtención para el pago del primer tramo.

PRIMA BÁSICA E INCREMENTOS

La cuantía de la prima básica se establece en 20.000 euros. A la prima básica se le podrán sumar hasta 50.000 euros en incrementos, resultando un máximo de 70.000 euros de ayuda.

Las subvenciones establecidas en el presente decreto se financiarán hasta el límite que se fije en cada convocatoria y su concesión estará condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en cada anualidad.

El gasto correspondiente a estas ayudas está cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por la Junta de Extremadura.