Canarias | 04.05.2023 13:51
En un auto, el magistrado, como Juez de Garantías en este procedimiento en lo relativo a los hechos competencia de la Fiscalía Europea, atiende así la petición de libertad de la defensa del general, a la que se había opuesto el Ministerio Público, según acaba de difundir el TSJC en una nota de prensa.
Como medidas cautelares, el juez le impone la obligación de comparecer cada quince días en el juzgado más próximo a su domicilio, así como cuantas veces fuera llamado por el órgano judicial, la retirada del pasaporte y la prohibición expresa de abandonar el territorio nacional, con la advertencia de que su incumplimiento podrá lugar a la adopción de medidas más graves.
Calama repasa en su resolución los antecedentes procesales cuando el caso se encontraba en instrucción en un juzgado de Tenerife y recuerda que el 27 de marzo la defensa del general presentó una petición de libertad, a la que se opuso la Fiscalía, si bien el Ministerio Público señaló: “es deseo del Ministerio Fiscal que esta situación excepcional … finalice pronto y se inste, o bien directamente por la Fiscalía o de forma indirecta a través de petición o decisión judicial, la modificación de la situación persona del investigado”. Dicha solicitud de libertad fue desestimada por el juzgado tinerfeño el 3 de abril. Con posterioridad, dicho órgano judicial se inhibió a la Fiscalía Europea en lo relativo a la investigación de una serie de contratos sufragados con fondos europeos.
En este momento procesal, el juez Calama considera debe acordarse la libertad provisional de general Espinosa por cuanto el riesgo de fuga “es muy bajo” ya que, “más allá de los hechos delictivos que se le imputan, en base a unos indicios muy sólidos”, precisa, “es lo cierto que el sr Espinosa tiene un fuerte arraigo en España -personal y económico- y no hay ningún elemento o indicio que alerte sobre su posible fuga al extranjero”. Añade que el propio fiscal que originariamente solicitó su prisión provisional ya dijo que “no es lo que más le preocupa”.
En cuanto al posible riesgo de alteración o destrucción de fuentes de prueba, el auto señala que el investigado lleva en prisión desde el 16 de febrero de 2023, “tiempo suficiente para que los investigadores hayan podido asegurar convenientemente esas aludidas fuentes de prueba”.