BALEARES

El presidente del TSJIB señala que la Ley es "taxativa" con quiénes pueden ser magistrados eméritos

El presidente de la Audiencia Nacional lamenta que las víctimas del terrorismo "siguen sin entender" la posición del TEDH sobre la doctrina Parot.

ondacero.es

Baleares | 20.02.2015 00:00

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), Antonio Terrasa, ha subrayado este jueves que la Ley es "taxativa" respecto a la figura del magistrado emérito y en torno a quién puede ser nombrado como tal, después de que la Sala de Gobierno de la máxima instancia judicial de las islas haya concluido que la petición del juez instructor del caso Palma Arena, José Castro, de proseguir en el cargo una vez acceda a la jubilación forzasa "no se adecua" a lo establecido por las normativas en este sentido.

En declaraciones a los medios antes de intervenir en la mesa redonda titulada 'Doctrina Parot: implicaciones jurídicas y percepción ciudadana', llevada a cabo en la sede del Colegio de Abogados de Baleares, Terrasa ha admitido cómo el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, del que Castro es titular, acumula una multitud de causas relacionadas con delitos contra la Administración pública que investiga el magistrado desde hace más de cinco años.

Sin embargo, ha aseverado que la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el Reglamento de la Carrera Judicial "no permiten" que un juez de instrucción sea nombrado emérito una vez jubilado -en el caso de Castro, el próximo mes de diciembre, cuando cumpla los 70 años-. "Sólo se contempla en el caso de órganos colegiados y, más en concreto, para formar Sala como magistrado suplente en el Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia, la Audiencia Nacional y las Audiencias Provinciales", ha precisado.

La pretensión de Castro pasa por proseguir y concluir la instrucción del caso Palma Arena, cuya complejidad ha derivado en la apertura de hasta 28 piezas separadas, de las que 19 aún se encuentran en fase de instrucción. El acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJIB -compuesta por nueve magistrados- fue adoptado de forma unánime, si bien la decisión definitiva -no vinculante- corresponderá a la Comisión Permanente del CGPJ.

En la mesa redonda han estado presentes, además de Terrasa, el presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, y  los periodistas María José Fuenteálamo (El Mundo) y Andreu Manresa (El País).

Todos ellos han realizado un repaso a la aplicación de la 'doctrina Parot', recordando cómo fue establecida por el Tribunal Supremo en 2006 para determinar que los beneficios penitenciarios a los que accede un recluso deben aplicarse individualmente sobre cada una de las penas por las que haya sido condenado y no sobre el límite máximo de estancia en prisión que el Código Penal de 1973 fijaba en 30 años y que el nuevo elevó a 40.    

"LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO SIGUEN SIN ENTENDER"

Sin embargo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó en 2013 a España por aplicar retroactivamente esta doctrina sobre condenas impuestas por hechos acaecidos antes de 1995, juzgados de acuerdo al Código Penal de 1973, lo que provocó, en palabras de Navarro, "un auténtico pequeño gran terremoto" que las víctimas del terrorismo "siguen sin entender".    

El TEDH estimaba así que España vulneró el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que "no hay pena sin ley" que la avale, y el artículo 5, que recoge "el derecho a la libertad y la seguridad" de los ciudadanos.