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Baleares prorroga las limitaciones de reuniones sociales en horario nocturno para frenar la COVID-19

Desde el Ejecutivo balear apuntan que esta decisión se toma por el riesgo que implican las actividades sociales de carácter lúdico-festivo asociadas al consumo de alcohol.

Europa Press

Baleares | 16.08.2021 14:08

Calle desierta de noche. | EFE

El Govern balear ha decidido prorrogar hasta el próximo 15 de septiembre las limitaciones de reuniones sociales en horario nocturno hasta el momento vigentes en las Islas para contener la trasmisión de la COVID-19.

Así lo ha aprobado este lunes el Consell de Govern, reunido con carácter extraordinario. Se trata de un acuerdo que se remitirá al Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) para que autorice su prórroga hasta el 15 de septiembre, a pesar de que la situación de cada isla se evaluará y revisará cada 15 días.

Desde el Ejecutivo balear apuntan que esta decisión se toma por el riesgo que implican las actividades sociales de carácter lúdico-festivo asociadas al consumo de alcohol, "donde se ha demostrado una menor adopción de las medidas de prevención frente al contagio por COVID-19".

Según el Govern, "se ha evidenciado la efectividad del establecimiento de medidas restrictivas" a este tipo de actividades, ya sea limitando la movilidad o bien restringiendo el tipo de actividades permitidas en horario nocturno.

El Govern ha recordado que "la participación mayoritaria" en estas actividades es de personas jóvenes, que pertenecen al segmento de población que se encuentra iniciando el proceso de vacunación en la actualidad y que, por lo tanto, todavía no están protegidas frente a la infección.

La prórroga aprobada este lunes prevé que cuando la incidencia acumulada a 14 días en la isla sea superior a 350 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 5% en relación con las camas de cuidado críticos por COVID-19 o del 2% respecto a camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán las reuniones sociales o familiares de personas entre las 02.00 y las 6.00 horas, salvo que se trate de personas convivientes.

Por otro lado, cuando la incidencia acumulada a 14 días en la isla sea superior a 450 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 10% en cuanto a las camas de cuidados críticos por COVID-19 o del 5% respecto a las camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán las reuniones entre la 01.00 y las 06.00 horas, salvo que se trate de personas convivientes.

La siguiente revisión, una vez el TSJIB dé el oportuno visto bueno, se realizará el día 23 de agosto, cuando también se analizarán el resto de medidas aplicadas para contener los contagios de SARS-CoV-2 en otros ámbitos.