El aval público del Govern para la compra de vivienda contará en 2023 con una dotación inicial de 15 millones
El llamado Programa de Garantía Hipotecaria ofrecerá hasta un 20 por ciento del valor de la vivienda. El precio del inmueble no podrá superar los 270.000 euros.
El Consell de Govern ha aprobado este lunes el Programa Garantía Hipotecaria Ibavi para avalar la compra de viviendas por un importe global inicial de 15 millones de euros, ampliable según demanda y necesidades.
El portavoz del Ejecutivo, Iago Negueruela, ha resaltado en rueda de prensa tras la reunión del Consell de Govern que el acuerdo es un paso más en la tramitación administrativa de este programa de ayudas, que continuará con la firma de convenios entre el Ibavi y las entidades financieras participantes.
Negueruela ha resaltado la importancia del acuerdo para seguir facilitando el acceso a la vivienda y ha reivindicado las políticas del Ejecutivo autonómico para poner más viviendas a disposición de la ciudadanía.
Según ha explicado, el IBAVI otorgará una garantía de hasta el 20 por ciento del valor de la vivienda, siempre que los solicitantes cumplan los requisitos.
Estos requisitos incluyen, entre otros, la necesidad de acreditar una residencia continua o discontinua en Baleares de un mínimo de cinco años; que la vivienda sea destinada a domicilio habitual y permanente de los solicitantes, y que los solicitantes no sean propietarios de ninguna otra vivienda, con las excepciones previstas en el programa.
Asimismo, el precio de adquisición de la vivienda tiene que ser igual o inferior a 270.151 euros y el conjunto de ingresos de las personas solicitantes no puede superar el límite de 6,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) ponderado con el coeficiente autonómico, es decir, 57.117 euros para un prestatario y 64.257 euros para dos o más prestatarios.
Por otro lado, el acuerdo recoge que las operaciones de financiación se tendrán que organizar mediante un contrato de préstamo hipotecario financiado con fondo de la entidad financiera. La entidad financiera no podrá exigir la contratación de ningún producto o servicio bancario adicional para el otorgamiento del préstamo hipotecario.
Por otro lado, el Ibavi abrirá una cuenta corriente restringida a cada una de las entidades financieras adheridas al programa, en la cual depositará el importe equivalente a las garantías concedidas, de forma que el saldo siempre sea el 50 por ciento del riesgo vivo de las fianzas otorgadas.
Las personas solicitantes tendrán que acreditar ante la entidad financiera que cumplen los requisitos de acceso a la garantía. A tal efecto, presentarán los documentos necesarios de acreditación establecidos en el correspondiente convenio de colaboración subscrito entre el Ibavi y la entidad financiera.
La entidad financiera sólo concederá los préstamos sujetos a la garantía prevista en el Programa a las personas solicitantes que, una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos correspondientes, hayan obtenido la resolución favorable del Ibavi.
Los préstamos se tienen que formalizar, siempre que se disponga de la autorización correspondiente, antes del 31 de diciembre de 2024.
Así mismo, el acuerdo incluye la creación de una comisión de seguimiento con el fin de resolver las dudas que se puedan plantear en la interpretación y la ejecución de este Programa.
Esta comisión estará integrada por un representante de la Dirección general de Vivienda y Arquitectura; un representante de la Dirección general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio; un representante del Ibavi; un representante de la entidad colaboradora y un representante de cada una de las entidades financieras que se adhieran al Programa. Se reunirá, como mínimo, con periodicidad anual.