La titular del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Palma ha desestimado la demanda que el presidente del Govern, José Ramón Bauzá, interpuso contra el secretario general de UGT Baleares, Lorenzo Bravo, por los improperios que éste profirió a raíz de unos polémicos acuerdos adoptados por el Ejecutivo balear. "Debe prevalecer el derecho a la libertad de expresión del señor Bravo sobre el derecho al honor del señor Bauzá", alega la sentencia.
La resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, da por tanto la razón al líder sindical al aseverar que las expresiones dirigidas por Bravo se produjeron en el marco de "una contienda político-sindical", lo que reduce su significación ofensiva, ya que fueron lanzadas "como crítica a la reducción de subvenciones y del número de liberados sindicales acordada por el Govern".
La jueza afirma por tanto que se trata de unos improperios que "aisladamente deben considerarse ofensivos", pero no dentro de un conflicto social como el que se produjo a raíz de la medida adoptada por el Ejecutivo presidido por Bauzá. La sentencia recoge de este modo los argumentos esgrimidos por el letrado de Bravo, Pablo Alonso de Caso, para quien las palabras de su patrocinado constituyeron una "crítica sana", tal y como expuso en el juicio celebrado por estos hechos.
De hecho, tras conocer el fallo el letrado ha expresado su satisfacción al poner de manifiesto, en declaraciones a Europa Press, que "la ciudadanía debe tener derecho a llamar inútil a políticos que no solucionan los problemas de la ciudadanía como los desahucios y el desempleo".
En concreto, Bauzá solicitaba una indemnización de 6.000 euros por las expresiones de Bravo, cuyo abogado aseveró en el juicio el dirigente del PP no puede presentar una demanda después de que él mismo llamase "fascistas" a los ciudadanos con ocasión de las distintas concentraciones que se produjeron a su paso por varios municipios, y en este sentido aseveró que "un político no goza de tanta protección como un ciudadano".