Violencia de género

Tipificación pionera en Europa de la violencia vicaria en el Código Penal

El consejo de ministros ha aprobado tipificar la violencia vicaria como delito en el Código Penal con penas de prisión de hasta tres años. No sólo se condena los hechos violentos sino que también se prohíbe publicar contenidos que estén directamente relacionados con el delito cometido.

Lourdes Funes

Zaragoza |

Violencia sobre los menores/Pexels

En el último martes del mes de septiembre, el consejo de ministros ha aprobado tipificar la violencia vicaria como un delito en el Código Penal. De esta manera, se definirá este tipo de crímenes en el ordenamiento jurídico, no sólo el asesinato sino también todo tipo de violencia, además de la “prohibición de publicar o difundir contenidos que tengan relación directa con el delito cometido”.

La letrada Carmina Mayor, presidenta de la sección de Derecho Penal y de la Infancia y Adolescencia del Colegio de Abogados de Zaragoza, asegura que se trata de la primera vez que se menciona “violencia vicaria” en una normativa no sólo en España sino en Europa, lo que la hace pionera. Pero no sólo eso, aparece una definición: “aquella violencia que se ejerce sobre la mujer por parte de la pareja o expareja a través de persona interpuesta”.

El hecho de que ya se tipifique como un delito, significa, como indica Carmina Mayor, que, hasta ahora, cuando un padre mataba a sus hijos para hacer “daño expreso y doloroso” a la madre de los niños, se tenía que condenar, por un lado, por delito de asesinato y por otro, por un delito contra la moral y lesiones psicológicas. Ahora se trata de un delito independiente dentro de los delitos contra la integridad moral y conlleva penas de prisión de hasta 6 años.

A pesar de que no existiera tipificada la violencia vicaria, si se ha hecho referencias en múltiples sentencias, y el poder reflejarlo en el Código Penal modifica varias leyes como la Ley Orgánica contra la Violencia de Género, las leyes de enjuiciamiento civil, el Código Civil, la ley de protección jurídica del menor, la ley orgánica del Poder Judicial para la formación obligatoria en la carrera judicial y fiscal.

Para la abogada Carmina Mayor, las medidas que se contemplan tienen el objetivo de prevenir y reparar a las víctimas. Uno de los puntos importantes es que se prohíba la publicación de contenidos relacionados con los hechos cometidos ya que, de esta manera se protege a las mujeres evitando la revictimización. Mayor indica que, además, se está viendo un aumento de casos en los que se está realizando violencia vicaria a través de las mascotas, una utilización para causar daño y sufrimiento a través de los animales de compañía.