Es más, la jueza ha desestimado todos los pretextos catalanes declarando procedente la ejecución provisional de la sentencia. Y es que la jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barbastro ha desestimado "íntegramente" las oposiciones a la ejecución de los 111 bienes de Barbastro presentadas por Consorcio Museo de Lleida Diocesano de Lérida. Así, ha determinado que la entrega de las obras siga adelante.
En el auto, la jueza condena a las partes ejecutadas al pago de las costas procesales. Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).
La Generalitat y el Obispado de Lérida se han opuesto a la ejecución provisional argumentando que en el caso de que la sentencia, de la que se deriva el proceso de ejecución, fuese revocada por instancias judiciales superiores y las piezas tuvieran que regresar a Cataluña la destrucción o daños que los traslados producirían en las obras serían de imposible reparación y no se podría compensar económicamente a las instituciones catalanas, dado el incalculable valor artístico de los bienes.