Mojácar culpa al PSOE de 1987 de la sentencia que obliga a pagar 795.000 euros por una expropiación urbanística
En 2017, los dueños de un terreno en Cueva Morales iniciaron un proceso judicial que ha culminado con una sentencia que obliga al Ayuntamiento de Mojácar a pagar
El Ayuntamiento de Mojácar ha responsabilizado a una “grave irregularidad urbanística cometida en 1987” de la reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Almería, que le obliga a desembolsar 795.026 euros en concepto de compensación por la expropiación de un terreno de 2.204 metros cuadrados, clasificado como sistema general de zonas verdes en el Plan General de Ordenación Urbanística local.
En un comunicado oficial, el Consistorio explicó que el origen del conflicto se remonta a las Normas Subsidiarias aprobadas hace 38 años, cuando se declaró la parcela como “zona verde”. Según el Ayuntamiento, esa calificación exigía su “expropiación inmediata” y el correspondiente pago a los propietarios, algo que nunca se llevó a cabo.
El actual regidor, Francisco García, detalló que “en 1987, al aprobarse las normas subsidiarias, el suelo se catalogó como zona verde, lugar donde actualmente se ubican antenas de telefonía. En ese momento se debía haber compensado a los dueños del terreno con el valor fijado entonces y realizar la expropiación conforme a la ley”.
La administración local señaló que la situación permaneció sin resolver durante casi cuarenta años, hasta que en 2017 los titulares del terreno, situado en el paraje de Cueva Morales, iniciaron un proceso judicial reclamando la expropiación forzosa.
El litigio culminó con la declaración de la expropiación por ministerio de la ley, según lo previsto en el artículo 140 de la LOUA, y con la fijación del justiprecio por parte de la Comisión Provincial de Valoraciones en marzo de 2024.
La valoración quedó establecida en 795.026 euros, pero el Consistorio no abonó la cantidad en el plazo legal de seis meses. La magistrada señaló la falta de actuación administrativa y la ausencia de tramitación presupuestaria pese a los requerimientos realizados en junio y diciembre de 2024.
La sentencia, que estima parcialmente la demanda presentada por cinco integrantes de la familia propietaria, obliga al Ayuntamiento a ejecutar el acuerdo de valoración, pagar la cantidad fijada y asumir los intereses legales desde el 13 de septiembre de 2024, así como los intereses de demora desde el 5 de abril de 2023, fecha en que se presentó la hoja de aprecio.
El alcalde defendió que la corporación municipal ha actuado “con seriedad y respaldo jurídico”, recurriendo cada resolución, valoración y tasación con el fin de “reducir al mínimo el impacto económico para la ciudadanía”.
“Con el tiempo transcurrido, la elevada suma y el sobrecoste que implicaba para las arcas municipales, era imprescindible luchar para reducir el pago o, en la medida de lo posible, evitarlo. Y eso hemos hecho: defender la postura del Ayuntamiento hasta el final”, afirmó García.
“Por una gestión urbanística deficiente en 1987, más de 38 años después, tenemos que afrontar este pago porque así lo ha resuelto un juez”, añadió el alcalde, subrayando que “desde el primer momento se ha trabajado para proteger el patrimonio municipal, minimizando las consecuencias económicas de un problema heredado y ajeno a este equipo de gobierno”.
La corporación local recalcó que situaciones como esta, originadas por decisiones del pasado “sin planificación ni responsabilidad”, no tienen cabida en su modelo de gestión.
Asimismo, reiteró su compromiso con un urbanismo “serio, claro y que respete los derechos tanto de los particulares como de la administración pública”.
Por último, el Ayuntamiento lamentó que “errores cometidos hace décadas sigan afectando a los recursos actuales”, asegurando que continuará actuando “con firmeza y transparencia para que Mojácar no vuelva a pagar por equivocaciones ajenas”.