LEY DE NIETOS

Qué opciones quedan para que los 163.000 afectados puedan votar el 29N tras la decisión del Constitucional sobre la ley de nietos

El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, mientras que hoy se acaba el plazo para que los nacionalizados se personen en la causa.

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ondacero.es

Madrid |

Tribunal Constitucional | EUROPA PRESS

El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, que pedía la cautelarísima para detener la suspensión del derecho a voto de unos 163.000 ciudadanos nacionalizados por la conocida como ley de nietos. Por diez votos frente a dos, el Pleno ha decidido no intervenir y ha alegado una clara precipitación al no haberse agotado la vía judicial previa antes de solicitarse el amparo en el Constitucional.

Así las cosas, por el momento y hasta que se termine el procedimiento en el Tribunal Supremo, está suspendido el voto de las personas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y tampoco pueden inscribirse aquellas personas que no lo estén.

Las opciones que les quedan a los afectados

Por el momento, los nacionalizados afectados por esta suspensión tienen de plazo hasta hoy mismo para personarse en el procedimiento abierto en el Alto Tribunal para presentar las alegaciones que considere oportunas.

Otra opción es que acudan a los consulados para conseguir la certificación que demuestre que a fecha de 1 de agosto de 2026, cuando se cerró el censo CERA, estaban acreditados como hijos o nietos de represaliados, tal y como rige la normativa del Tribunal Supremo.

De momento, según cifras aportadas por el Ministerio de Exteriores, solo 48 oficinas consulares repartidas en todo el mundo han completado ya total o parcialmente el proceso para verificar quiénes de los nacionalizados por la ley de nietos. El propio ministro ha reconocido que es "muy difícil" que los consulados puedan hacer las comprobaciones a tiempo.

Los afectados también pueden recurrir la decisión de la suspensión de voto ante el Tribunal Constitucional, pero el organismo ha avisado que no se tomaá cartas en el asunto hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre las alegaciones. Lo mismo le ocurre al Defensor del Pueblo, que no podrá volver a interponer otro recurso de amparo hasta que el Tribunal responda.

El Gobierno respeta la decisión del TC, pero espera que la decisión del Supremo sea otra

Mientras se resuelve el asunto, la Junta Electoral Central (JEC) ha enviado la documentación electoral a todos los inscritos en el CERA con el objetivo de que les llegue a tiempo para las elecciones del 29N. Aunque las partes de la causa -la Abogacía General del Estado, Vox, Iustitia Europa- han tenido de plazo hasta ayer a las 15:00 horas para presentar las alegaciones que consideren.

Por su parte, el Gobierno ha mostrado su "respeto" a la decisión adoptada por el TC, aunque espera que "la decisión definitiva" que adopte la Justicia les permita votar. Consideran que la decisión del órgano presidido por Conde Pumpido "se limita a motivos procedimentales y no aborda el fondo de la cuestión, como tampoco lo ha hecho el Supremo".