La denuncia del CSD contra Rubiales llega al TAD: Qué es y cómo funciona este Tribunal
Un tribunal de carácter administrativo, compuesto por siete miembros, será el encargado de pronunciarse sobre las acciones de Rubiales, y su decisión podría conllevar la inhabilitación del actual presidente de la RFEF.
👉 El CSD eleva al TAD la denuncia contra Rubiales por infracciones "muy graves"
Tras anunciar ayer su negativa a dimitir, Luis Rubiales, Presidente de la Real Federación Española de Fútbol, será protagonista de un proceso sancionador por parte del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD). Víctor Francos, presidente del Consejo Superior del Deporte, comunicó que el órgano que presidía iba a trabajar para elevar una denuncia ante la máxima autoridad administrativa del deporte español, con el objetivo de inhabilitar a Rubiales. Esta mañana, el CSD ya ha presentado la petición razonada, denunciando hechos "muy graves" que podrían apartar a Rubiales de su cargo, después del beso no consentido que dio a Jennifer Hermoso tras la final del Mundial Femenino.
¿Qué es el TAD?
El Tribunal Admnistrativo del Deporte (TAD) es un órgano creado en el año 2013, que funciona como máximo mediador entre las federaciones de todos los deportes en nuestro país, y que funciona como última instancia a la hora de resolver recursos relacionados con sanciones en el deporte o con la vulneración de la Ley del Deporte: el TAD tiene la última palabra en este tipo de pleitos, y sus resoluciones agotan la vía administrativa.
El TAD está conformado por 7 miembros: cuatro son elegidos por el presidente del Consejo Superior del Deporte, y otros tres son escogidos por las federaciones deportivas autonómicas. Los miembros del tribunal tienen mandatos de seis años, y no pueden ser reelegidos. Actualmente, los miembros de este Tribunal son los siguientes. Todos son abogados del estado, salvo el presidente, Francisco Miguel Pajuelo (que es letrado de la Seguridad Social) y Pilar Juárez, profesora universitaria.
-Francisco Miguel Pajuelo (Presidente)
-Guillermo de Blas Blados
-Eva Fernández
-Alfonso Ramos del Molins
-Marina Adela Porta Serrano
-Jaime Caravaca
¿Cómo puede influir el TAD en el futuro de Rubiales?
Una vez presentada la petición por el CSD, serán los miembros de este tribunal los que determinen si Rubiales ha infringido la ley del Deporte y, concretamente, si ha quebrantado su artículo 76. Para que Rubiales fuese inhabilitado, es necesario que el Presidente haya incurrido en un comportamiento "muy grave": los actos cometidos por el Presidente podrían corresponderse con los reflejados en el artículo 76. El primer punto de este artículo reza:
"Se considerarán, en todo caso, como infracciones muy graves a las reglas de juego o competición o las normas deportivas generales, las siguientes: a) Los abusos de autoridad".
Y el 76.4 indica que:
"Serán, en todo caso, infracción graves: b) Los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro deportivos".
El TAD, que ha anunciado que celebrará una reunión extraordinaria el lunes para tratar el tema, deberá determinar si Rubiales ha cometido este "abuso de autoridad" o algún acto que atente contra la "dignidad o "decoro deportivo".
En caso de que los miembros del tribunal se decantasen por el abuso - que es considerada como una infracción "muy grave" -, el CSD podría solicitar una inhabilitación de Rubiales. En el corto plazo, tras la reunión del próximo lunes, podría impulsarse una "suspensión cautelar" de Rubiales si el TAD abre expediente al Presidente por estos hechos, mientras que se desarrolla el complejo proceso deportivo.
¿Tiene el TAD la última palabra?
El Tribunal toma la decisión definitiva en materia Administrativa; su decisión se podría recurrir por vía contencioso-administrativa, pero el pronunciamiento del TAD en ningún caso traería efectos penales. Con todo, la Fiscalía de Madrid ya ha derivado a la Audiencia Nacional cuatro denuncias contra Rubiales, que señalan su beso no consentido a Jenni Hermoso como un posible acto de agresión sexual. Este litigio - como el expediente disciplinario abierto por la FIFA- se desarrollarán de manera paralela a la denuncia del CSD.
Cabe destacar que, si bien el Gobierno afirmó que actuaría en caso de que Rubiales no dimitiese, su competencia se limita a la presentación de la petición al TAD a través del CSD. El Gobierno no tiene competencias sobre las Federaciones Deportivas, que son entidades privadas sin ánimo de lucro.