El monólogo de Alsina: Castro tiene carta blanca para procesar a doña Cristina y, después, ya se verá
Les voy a decir una cosa.
Ha pasado algún tiempo, pero no tanto como para olvidarlo. Fue un siete de mayo de 2013. Aún reinaba Juan Carlos en España y aún reinaba Mourinho en la casa blanca.
Siete de mayo 2013. Firmaban el auto judicial Diego Jesús Gómez Reino, Juan Jiménez Vidal, Mónica de la Serna de Pedro. Magistrados, los tres, de la sección segunda de la Audiencia provincial de Palma. Sesenta y un folios de auto. “Por lo expuesto”, decían los tres jueces tras explicar los indicios sobre irregularidades fiscales en Aizoon y la condición de copropietaria de la infanta, “la imputación queda en suspenso, lo cual no quita que pueda verificarse posteriormente”. Siete de mayo de 2013. Aquel día le llovieron piedras a la sección segunda de la Audiencia Provincial.
La jauría bramaba que había salvado a la infanta por ser quien era, bendito sea el juez Castro, que la acusó,y maldita sea esta sala que la exonera. La jauría no había llegado a leer ni media cuartilla de los sesenta y un folios del auto pero se había formado un criterio inamovible, el mismo que traían formado ya de antes. Este programa empezó aquel día con una frase que algunos no entendieron: “imputada no está, pero desimputada tampoco”.
En aquel auto, primera semilla de este otro auto de hoy, los magistrados le decían al juez instructor dos cosas: una, que su interpretación sobre la responsabilidad de Cristina en las decisiones que se tomaban en Noos no estaba bien fundada y que, por tanto, no compartiendo su criterio la sala estimaba que la imputación, basándose en eso, en Noos, no procedía; y dos, y esto es lo que la jauría cegada no alcanzó a ver, que el camino adecuado para sustentar una imputación no era Noos sino Aizoon, la sociedad que Urdangarín y ella poseen a pachas y de cuyas actuaciones mercantiles y fiscales ella es tan responsable como él.
Fue aquel auto, y fueron -por tanto- estos tres jueces los que establecieron hace año y medio la base sobre la que el juez Castro reconstruyó su imputación y la base que ahora permite procesar a Cristina de Borbón. Fueron estos tres jueces quienes encomendaron al juez Castro una investigación que él todavía no había hecho (no a fondo) sobre la situación fiscal de Aizoon, y fue por indicación de estos tres jueces por lo que Castro llamó de nuevo a la puerta de la Agencia Tributaria para reclamarle que presentara informes mucho más minuciosos que los que, hasta ese momento, tenía presentados. De aquella petición vino aquel bochornoso episodio de las operaciones inmobiliarias que Hacienda le adjudicó a Cristina y que nada tenían que ver con ella, y de aquella petición vino el pulso que, hasta el final, mantuvieron Hacienda y fiscalía de un lado y juez intructor de otro.
Donde los primeros no veían delito fiscal de infanta, el juez perseveraba en verlo. Hoy ha quedado establecido que, a juicio de la Audiencia Provincial, el criterio correcto era el de Castro. Porque hoy estos tres jueces de la sección segunda, Gómez Reino, De la Serna, Jiménez Vidal, han cerrado el círculo que ellos mismos abrieron hace año y medio. Lo que entonces les parecieron indicios de delito dignos de ser investigados, hoy les parecen indicios lo bastante sólidos como para llevar a Cristina a juicio. Subráyese: diga lo que diga Hacienda, que en teoría defiende los intereses de los contribuyentes frente a aquellos que defraudan. Y que se lleva algunos de los párrafos más interesantes del auto.
Empiezan los tres jueces por mencionar, así como preparando el terreno, que la Agencia Tributaria ha ido cambiando de criterio a raíz de aquel otro auto de mayo de 2013. No lo dicen explícitamente, pero la idea es: cambia usted de discurso, Hacienda, dependiendo de por dónde vayan las investigaciones. Frente a la tesis de la agencia tributaria, que abrazó, a su vez, el fiscal Horrach, de que al ser Aizoon una empresa de mentira fabricada como pantalla para ocultar ingresos personales del duque (y que por ello, decía el fiscal, por ser una sociedad de mentira no cabe analizar la responsabilidad de un socio como si fuera una empresa de verdad), el tribunal lo que mantiene es que, levantada esa pantalla, lo que se bajo ella es, comillas, “pura y simplemente un matrimonio que abusa de una sociedad para obtener beneficios fiscales”.
Y la responsabilidad en esa actividad irregular es de ambos, como copropietarios y como titulares, los dos, de las tarjetas con que pagaban gastos familiares. En conclusión, y como ya apuntaban en 2013, los tres jueces entienden que Cristina incurrió en delito fiscal porque su participación, al constituir Aizoon con su marido, fue imprescindible para que el fraude fiscal pudiera realizarse.
Y añade esta guinda envenenada que se le habrá atragantado hoy a Montoro: si Hacienda hubiera interpretado desde el principio que ambos socios, el duque y la infanta, eran receptores a partes iguales de los ingresos de Aizoon, habría que dividir lo defraudado por dos y la cuota resultante habría sido inferior a 120.000 euros, es decir, que no habría habido delito fiscal ni en uno ni en la otra. Pero..., dicen los jueces, como Hacienda desechó esa tesis, qué le vamos a hacer, nosotros la abandonamos. (Ay, si lo hubieran planteado ustedes así, habrían podido salvarla).
¿Se sentará entonces en el banquillo? Si de la Audiencia dependiera, sin duda. Y al 95 % de probabilidades, lo hará. Es interesante esta situación que ahora se plantea. La palabra podría acabar teniéndola el Supremo porque la única parte personada que acusa de delito fiscal a la infanta es la acción popular, Manos Limpias. Y sólo con la acción popular, si se aplica la doctrina Botín, no basta para el procesamiento. Pero vamos a verlo, porque la Audiencia le dice a Castro que abra ya juicio y anticipa que, sabiendo de la existencia de la doctrina Botín, lo que debe primar aquí es la depuración de la responsabilidad penal.
Es decir, que como la Audiencia ve clara la acusación, entiende que ésta debe tener consecuencias. Y dado que la fiscalía sí aprecia delito fiscal, en Urdangarín y Torres, y acusa por ello, cabe entender que sí hay parte perjudicada (y personada) por ese delito fiscal del que la infanta, a juicio de la Audiencia, es cooperadora necesaria. Castro tiene carta blanca para procesar a doña Cristina y, después, ya se verá.
Los que peor parados salen, por tanto, de la esperada decisión de hoy son la infanta, en puertas de procesamiento; la fiscalía, cuyo criterio el tribunal desecha; la agencia tributaria, de criterio cambiante y además de todos ellos, esa legión de comentaristas que, con tanta prisa como pereza intelectual para ojear sesenta folios, se apresuró a proclamar a los cuatro vientos que la justicia al servicio de la corona había desimputado a la infanta y que ésta, oh alteza, su alteza, se había salvado.