El monólogo de Alsina: Cada auto judicial es una meta volante, sólo la sentencia firme es la línea de llegada
Les voy a decir una cosa.
No se precipiten que esto aún no ha acabado. Los seriales no terminan hasta que baja el telón del último episodio, y en los medios -y en las tertulias- corremos el riesgo de contar el serial como si en cada episodio se conociera ya el desenlace definitivo de la trama, este error tan frecuente que cometemos todos de olvidar que después de un capítulo llegará otro.
Han imputado a la infanta Cristina. ¿Esto no lo habíamos vivido ya? Desde luego. Imputación, suspensión de la imputación y, ahora, reimputación. Y dado que el juez Castro, que es el instructor, insiste en ello no menos de siete veces en su auto, debe entenderse por “imputación” la citación de la afectada en calidad de imputada, no la acusación formal por delito alguno. En los 227 folios que ha escrito el magistrado -y que tiene la virtud, en comparación con otros jueces, de escribir claro-, esta idea reaparece constantemente, como si sintiera el instructor la necesidad de establecer que no está acusando (no, al menos, todavía), sino “sólo” convocando a la infanta en el juzgado para poderle preguntar unas cuantas cosas sobre Aizoon, el funcionamiento de la empresa, los gastos familiares y las facturas cruzadas.
“A nadie debiera escandalizar que pretenda formularle preguntas”, dice el juez en uno de los párrafos, “no creo que se tambaleen los pilares del estado de derecho por preguntarle”, insiste, con ironía, en otro. Sobrevuela todo el auto esta imagen del juez diciendo: “eh, que sólo estoy llamándola a declarar, no dramaticen, que esto pasa a diario en todos los juzgados de España y nunca se había organizado tanto debate jurídico al respecto”. Ya que a él le critican algunos por empecinarse en imputar por ser quien es, él lo que replica es si no fuera por ser quien es no estarían ustedes armando tanto revuelo y tan inaudito debate jurídico. Relájense, que todos somos iguales. De momento, citada para el ocho de marzo. Entonces, declarará como imputada, ¿sí o sí? Pues sí...o no.
De nuevo, esto ya lo vivimos: la imputación la recurre alguna de las partes y es la Audiencia provincial, el órgano superior, quien se pronuncia. Y es el propio juez quien escribe, en respuesta a las críticas del fiscal, que si estuviera empecinado en interrogar a doña Cristina no la citaría para el ocho de marzo -de aquí a dos meses- y que si pone esa fecha es porque entiende que, llegado el caso, dará tiempo a que la Audiencia se pronuncie, y admitiendo que podría revocar su decisión. Es decir, que ni siquiera es correcta la afirmación de que la infanta será interrogada el ocho de marzo. Dependerá de lo que ocurra en los capítulos siguientes.
Cada auto judicial es una meta volante, sólo la sentencia firme es la línea de llegada. El auto que hoy imputa, o reimputa, a la infanta Cristina es consecuencia del auto de mayo que suspendió la imputación anterior -éste ya es un elemento interesante-: sin el auto de la Audiencia provincial que muchos, precipitadamente, interpretaron (malinterpretaron) como la desimputación o salvación de la infanta no existiría éste del juez Castro que hoy la imputa de nuevo y la convoca en el juzgado. La Audiencia, como contamos en su día, puso al juez deberes en mayo. Le dijo: esta imputación que hace usted por tráfico de influencias en Noos no la vemos fundamentada; ahora bien, este otro aspecto que es el posible delito fiscal en Aizoon investíguelo usted mejor y pídale papeles a la Agencia Tributaria porque hay zonas oscuras.
Hoy Castro entrega el resultado de esos deberes: me dijeron que indagara en Aizoon, he hecho esta tarea y mi conclusión es que Cristina debe ser interrogada por la presunta comisión de fraude fiscal y blanqueo. O dicho de otra forma: no comparto el criterio de la Agencia Tributaria, que niega el posible delito en Cristina para atribuírselo enteramente a Iñaki.
En toda esta historia de Noos, y para no perdernos, hay aspectos que aparecen ya nítidos en los autos del juez avalados por la Audiencia provincial. Urdangarín y su socio Diego Torres montan una cosa llamada Instituto para que parezca una entidad sin ánimo de lucro aunque sea una empresa muy lucrativa. Se aprovechan del parentesco del duque para obtener de las administraciones públicas contratos sustanciosos y muy inflados a cambio de servicios que ni de lejos valían lo que se pagaba por ellos (consultoría, facturas falsas). Y ambos crearon empresitas ficticias para que estos ingresos que desde Noos se hacían a sí mismos no tributen como renta personal (como IRPF) sino como impuesto de sociedades, aunque son estas empresas ficticias quienes pagan los gastos familiares, los viajes, las reformas de la vivienda o el servicio doméstico. Si los Urdangarín, por ejemplo, se compran una vajilla, la pagan con la tarjeta de Aizoon como si fuera un gasto de esa sociedad. Noos, por tanto, era una máquina de convertir presupuesto público en ingresos privados; Aizoon, Virtual Strategies, De Goes Center y otras sociedades eran la cobertura para pagar menos impuestos.
Hay pocas dudas sobre que Urdangarín y Torres acabarán procesados y sometidos a juicio. Lo que queda por resolver, y esto es lo que hoy añade un capítulo nuevo, si el juicio será con Cristina o sin Cristina. Y antes de eso, si ella será acusada formalmente de algo. Es decir, si ella cometió algún delito, como autora directa, como inductora o como cooperadora necesaria. Para ser acusado, procesado y juzgado tienes que haber cometido tú algún presunto delito, no tu marido o tu vecino, sino tú.
No se trata de lo que sabes o dejas de saber, sino de que tu participación sea necesaria para la comisión del delito. Y aquí es donde está la gran diferencia de criterio entre la fiscalía y el juez instructor, o la fiscalía más la agencia tributaria y el juez Castro. Donde los primeros no ven que ella sea autora de nada (su marido sí, ella no), el juez ve indicios de que, primero, ella también ha ocultado ingresos personales a Hacienda y, segundo, sin ella Aizoon no habría podido defraudar. Sobre lo primero explica el juez que si tú te compras unos vestidos, por ejemplo, y lo pagas con la tarjeta de la empresa (Aizoon), estas engañando a Hacienda dos veces: es un gasto personal, pero con un dinero que oficialmente no has ingresado tú (eludes pagar por él IRPF), pero además ese gasto aparece como coste de la actividad empresarial de Aizoon, lo que rebaja su tributación por el impuesto de sociedades.
Ahí ya ve engaño, lo que pasa es que el propio juez estima que las cantidades defraudadas no alcanzan el umbral de delito fiscal, 120.000 euros por ejercicio, luego no es por éste delito fiscal por el que quiere interrogar a Cristina, sino por el de Aizoon. ¿Qué pasa con Aizoon? Que ahí las cantidades que defraudó, presuntamente, sí son más abultadas, dan para delito fiscal, y como la infanta era copropietaria, tenía que avalar el fraude. ¿Qué problema tiene el juez? Que Hacienda dice que no, que lo que Aizoon ocultó era inferior a los 120.000 euros por ejercicio, luego no incurrió en delito fiscal. ¿Y de qué depende que salga una cantidad defraudada más alta o más baja? Pues de que se dén por buenas, o por falsas, unas facturas que Aizoon presenta para justificar que hizo determinados desembolsos, es decir, que sus beneficios fueron menores.
Éstas son las facturas que Hacienda avala y que el juez dice que no hay quien se trague. Porque son facturas de Aizoon a Diego Torres, supuestamente por su labor de consultoría. Donde Hacienda dice “este servicio sí se prestó y por eso se pagó”, el juez dice “esto fue un truco, uno más, para simular que Aizoon tenía menos beneficios y así pagar menos a Hacienda”. Como el juez no se cree a la Agencia Tributaria y sí se cree que hubo delito fiscal, y como Cristina es socia al 50 % de Aizoon, la cita como imputada. “Este juzgado no cree que se tambaleen los pilares del estado de derecho porque se pretenda preguntar a la infanta por los pormenores de tales hechos”, dice.
¿Y ahora qué va a pasar? Antes del día 8 de marzo puedan pasar todas estas cosas: que la defensa de la infanta y la fiscalía recurran la imputación; y que la Audiencia provincial la mantenga o la revoque. Fue la Audiencia quien señaló este camino, quien instó al juez a indagar mejor esto de Aizoon y quien puso a caer de un burro los informes anteriores de la Agencia Tributaria. Ahora tiene nuevos informes de cuyas conclusiones discrepa radicalmente el juez instructor.
Si la Audiencia da por bueno el criterio de Hacienda, difícilmente podrá compartir los argumentos del juez Castro; y al revés, si la Audiencia avala al magistrado, estará sugiriendo que Hacienda ha hecho un traje a medida para salvar a doña Cristina, lo cual podría, o debería interpretarse, también como un enorme fraude.