¿Es legal hacer top less en la piscina de la comunidad de vecinos?
La reciente regulación de esta práctica en Cataluña ha revivido el debate y la incertidumbre en torno a hacer top less en piscinas públicas y comunitarias.
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Madrid | 18.08.2023 06:04
Lejos de aquella España que miraba perpleja los pechos al aire de las mujeres que comenzaban a quitarse la parte de arriba del bikini en las playas, allá por los años setenta, hoy el debate se centra en las piscinas municipales y comunitarias. La cuestión persiste: ¿es legal practicar top less en dichos lugares?
Aunque actualmente esta práctica está ampliamente aceptada en España, hubo un tiempo en que exponer el pecho al aire era visto como un acto audaz y revolucionario en pro de la libertad y la igualdad femenina. Dada su relevancia, surgió la necesidad de estipular reglas al respecto en la legislación.
Top less: ¿qué dice la ley española?
Lo cierto es que la regulación del top less resulta ambigua. Aunque no hay una ley nacional que lo prohíba explícitamente, ni la Constitución ni el Código Penal se expresan de forma específica al respecto.
Por lo tanto, la decisión está en manos de las ordenanzas locales, delegando la responsabilidad a las autonomías y los ayuntamientos.
La última palabra es de los ayuntamientos
El caso de Cataluña ha captado mucha atención y, probablemente, es el más sonado. Tras recibir múltiples quejas el verano pasado sobre discriminación en piscinas públicas, la Generalitat remitió este año una carta a los municipios recordándoles que prohibir el top less es discriminatorio, conforme a la Ley de igualdad de trato y no discriminación de 2020.
Esta legislación señala que restringir el acceso a instalaciones por la vestimenta es una forma de “discriminación”. Sin embargo, dado que la regulación recae en los ayuntamientos, algunos han establecido normativas en contraposición a esta ley, originando este recordatorio.
Por otro lado, en ciudades como Bilbao, Valencia, Zaragoza y Sevilla, se establecieron regulaciones sobre esta práctica entre 2017 y 2018. Más recientemente, el ayuntamiento de Córdoba se sumó a esta tendencia, con el Instituto Municipal de Deportes, estableciendo que el top less es aceptable en áreas de baño, pero no en espacios comunes o de restauración.
En contraste, Madrid adopta una de las posturas más restrictivas de España. Las piscinas municipales madrileñas se apegan al Reglamento sobre Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, que dicta que los bañistas deben usar traje de baño en toda la piscina, excepto en áreas nudistas. Por lo tanto, en Madrid, solo se permite hacerel top less en piscinas con zonas designadas para ello.
¿Qué ocurre si el Ayuntamiento no se pronuncia?
El hecho de que un municipio no cuente con una legislación concreta sobre el tema no implica que sea ilegal. Por eso, cuando no exista una norma autonómica aplicable, ni, en su defecto, una municipal, será la normativa de régimen interno de cada piscina quién lo regule.
Las comunidades de vecinos
De acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal, la normativa sobre el uso de piscinas comunitarias se debe especificar en los estatutos internos de la urbanización. Estos estatutos dictan las pautas para garantizar una convivencia armónica y el correcto uso de áreas y servicios compartidos.
Siempre dentro de lo que la ley y los propios estatutos permiten, la comunidad de propietarios tiene la facultad de establecer estas normas. Dichas regulaciones son vinculantes para todos los dueños, a menos que se modifiquen siguiendo el procedimiento estipulado para decisiones administrativas.