La DGT permitirá a las motos circular por el arcén desde octubre, pero solo en estos casos
La DGT ha anunciado una serie de cambios en el Reglamento de Circulación que entrarán en vigor en octubre.
Madrid |
Los motoristas españoles van a afrontar próximamente un cambio notable en la normativa de circulación. La publicación en el BOE del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, va a introducir numerosas regulaciones en España que afectan a todos los conductores, pero con especial incidencia sobre los motoristas.
En este caso, aquellos que circulen en moto podrán beneficiarse del nuevo reglamento ya que, a partir del próximo mes de octubre, podrán utilizar el arcén como forma de circulación para ciertos casos.
Esto implica que las motos tendrán permitido circular por esta zona pero bajo una serie de condiciones. Se trata de una medida muy demandada por parte del colectivo y que ahora se pone en marcha.
La Dirección General de Tráfico (DGT) considera que esta modificación contribuirá a mejorar la fluidez del tráfico y aumentará la seguridad de los motoristas en situaciones de congestión.
¿Cuándo podrán las motos circular por el arcen?
A pesar de que la modificación del reglamento permite a los motoristas circular por el arcén, estos no podrán hacerlo cuando y donde quieran. En este caso, los motoristas podrán usar el arcén derecho en situaciones de congestión o atascos, siempre y cuando el tramo esté previamente habilitado y señalizado para ello y la circulación esté detenida.
Asimismo, la normativa exige que la velocidad máxima a circular en estos supuestos sea de 30 km/h y siempre en fila de a uno. El objetivo de esta modificación es reducir los riesgos asociados a la circulación entre vehículos detenidos o muy lentos, una práctica habitual en algunos países europeos.
No obstante, todo aquello que se salga de la normativa será sancionado. Tal y como apunta la DGT, la multa por circular incorrectamente por el arcén será de 200 euros al considerarse una infracción grave.
¿Cuándo entra en vigor?
El nuevo Reglamento de Circulación, que afectará de manera genérica a todos los conductores, entrará en vigor el próximo 1 de octubre y tendrá especial incidencia sobre los motoristas.
Y es que además de habilitarse el uso del arcén para su circulación, la normativa incluye otras medidas como el uso de guantes obligatorios en las motos en carreteras interurbanas, el uso obligatorio de calzado cerrado o la obligatoriedad de llevar chaleco reflectante en caso de avería, entre otros.
La DGT asegura que estos cambios adaptan la normativa a las nuevas formas de movilidad y a la realidad actual del tráfico, por lo que miles de motoristas españoles deberán familiarizarse con las nuevas obligaciones y las nuevas posibilidades de circulación.