DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD

Cada cuánto se debe renovar el DNI

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es obligatorio para todas las personas mayores de 14 años y es recomendable llevarlo siempre encima. Consulta cada cuánto tiempo y con qué antelación debes renovarlo.

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E.G.A.

Madrid | 19.11.2022 15:01

Qué hay que llevar para renovar el DNI | Ministerio del Interior DNI electrónico

El Documento Nacional de Identidad o DNI es uno de los documentos personales más importantes que debemos llevar siempre encima. Es obligatorio para todos los ciudadanos españoles mayores de 14 años, así como para los extranjeros que, a partir de esta edad, vayan a pasar más de 6 meses en el país.

El DNI sirve para autentificar nuestra identidad en el caso de que lo requieran y como documento para poder viajar. Aunque no es obligatorio llevarlo siempre con nosotros cuando salimos de casa, sí es recomendable. En este sentido, el artículo 9.2 de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana recoge que "no es obligatorio llevar esta identificación encima pero sí que lo es identificarse cuando la autoridad lo requiera".

Además, este documento tiene que estar actualizado y para ello, debe renovarse cada cierto tiempo antes de que se cumpla la fecha de caducidad que se indica en el anverso.

Cada cuánto hay que renovar el DNI

Generalmente, el DNI debe renovarse cada 10 años, aunque los plazos varían en función de la edad del titular. Si ha cumplido los 30 pero aún no ha llegado a los 70, tendrá que renovarlo cada 10 años. Para el resto de edades, la norma cambia:

  • Menores de cinco años: deberán renovarlo cada dos años.
  • Mayores de cinco años y menores de 30: cada cinco años.
  • A partir de los setenta años: el DNI será permanente y no ya no será necesario actualizarlo.

Asimismo, podremos solicitar cita para la renovación del DNI dentro de los últimos 180 días de vigencia, es decir, podemos renovarlo con una antelación máxima de seis meses.

¿Cuánto cuesta renovar el DNI y el pasaporte?

La cantidad que se paga por renovar el DNI se renueva cada año mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que para el presente año ha fijado las siguientes cuantías:

Con carácter general:

  • Renovación por caducidad, extravío, sustracción, anticipo o deterioro: 12,00 euros, abonados en efectivo en la oficina de expedición, o utilizando el pago por vía telemática, en la web www.citapreviadnie.es.
  • Renovación con el DNI en vigor por cambio de datos (de filiación y/o domicilio), así como acreditar ser beneficiario de la condición de familia numerosa*: Gratuito

El requisito para poder pagar la cantidad de 12,00 euros de la renovación del DNI es hacerlo en efectivo.

En el caso del pasaporte, las tasas varían:

  • Primera obtención, renovación, extravío, sustracción, anticipo o deterioro: 30,00 euros, abonados en efectivo en la oficina de expedición, o utilizando el pago por vía telemática, en la web Página web de cita previa.
  • Acreditar ser beneficiario de la condición de familia numerosa*: Gratuito.

En el caso de la renovación del pasaporte, también se exige el pago de los 30,00 euros de la tasa en efectivo.