La agresión de una profesora a una niña por pintar una bandera de España es un "delito leve" para la Justicia
Un juez de Terrassa admite que la menor fue agredida por su profesora pero considera los hechos "puntuales, ocasionales, en un momento de tensión y en el ámbito docente".
En el segundo pronunciamiento judicial sobre el asunto del caso de una presunta "agresión" y "humillación" por parte de una profesora a una alumna de una escuela de Tarrasa (Barcelona) que pintó una bandera de España junto a la frase "¡Viva España!", el juez al igual que en el auto anterior, admite que la menor fue agredida por su profesora pero, señala que "se trataría de unos hechos puntuales, en un momento de tensión y en el ámbito docente".
Los hechos denunciados se produjeron el 17 de junio de 2019 en la escuela Font de l’Alba de Tarrasa (Barcelona) cuando, según consta en la denuncia presentada por la familia, la profesora supuestamente "increpó y zarandeó" a la menor y la humilló ante sus compañeros por pintar una bandera española junto a la frase "¡Viva España!" en su trabajo de fin de curso.
El mismo día de los hechos los padres de la menor presentaron una denuncia ante la Policía autonómica.El departamento de Educación de la Generalitat se pronunció por primera vez sobre los hechos cinco días después de la supuesta agresión y negó que hubiese intencionalidad política en la agresión ni tampoco maltrato físico. Aunque sí admitió que la docente había destripado ante el resto de la clase su trabajo y que la había dejado sola en el pasillo, lo que, a juicio de la consejería, podría constituir una falta leve por lo que se abrió un expediente disciplinario a la profesora.
La alumna se encontraba entonces en cuarto curso de Educación Primaria y tenía diez años. Según recoge el parte médico, a raíz de la presunta agresión la menor sufrió lesiones en la zona lumbar y en un dedo, también "secuelas psíquicas" como ansiedad o trastornos del sueño.
El primer auto
En el auto del pasado 17 de marzo, el juez desestimó el presunto delito de odio al entender que la actuación de la profesora fue "espontánea" al no cumplir la alumna con la tarea asignada y sin "ánimo de lesionarla ni humillarla". Rechazó también cualquier motivación ideológica. Aunque el magistrado sí admitió, basándose en el informe forense, que las lesiones físicas que constaban en el documento podrían ser constitutivas de un delito leve de lesiones (art. 147.2 del Código Penal) o de maltrato de obra (artículo 147.3 del Código Penal).
Los detalles del segundo auto judicial
En un auto con fecha del pasado 28 de septiembre al que ha tenido acceso el diario ABC, la Audiencia Provincial de Barcelona "confirma íntegramente" la resolución dictada en marzo de 2021 que concluía que los hechos no pueden constituir "un delito de odio" pero sí podría tratarse de un "delito leve por lesiones", al entender que la profesora no actuó con intención de lesionarla ni humillarla. Este auto, al igual que el anterior reconoce que hubo agresión aunque los considera "unos hechos puntuales, ocasionales, en un momento de tensión y en el ámbito docente".
Un nuevo juicio que la familia pide celebrar lo antes posible
Ahora, los hechos serán valorados en un próximo juicio. Los abogados de la profesora y la administración educativa pedían el sobreseimiento del caso al entender que no había delito. Por su parte y, ante la imposibilidad de recurrir, los abogados de la familia pedirán al Juzgado de Instrucción que el juicio se celebre lo antes posible.
La Audiencia concluye que será en «el acto del juicio, en el que con plenitud de garantías, y tras el suministro de las pruebas oportunas, y con la emisión de la sentencia, en el ámbito del procedimiento por delito leve por lesiones, se dirima y dilucide la controversia suscitada».