El Tribunal Constitucional estudia declarar inconstitucional el primer estado de alarma
El Constitucional estudiará a partir del pleno del 22 de junio el recurso de Vox contra el decreto del estado de alarma del pasado 14 de marzo y sus posteriores prórrogas.
El Tribunal Constitucional estudiará a partir del pleno del próximo 22 de junio una propuesta que considera inconstitucional el primer estado de alarma decretado por el Gobierno al considerar que las restricciones acordadas excedieron el marco legal con medidas más propias de un estado de excepción.
El borrador que plantea elevar al pleno el magistrado Pedro González Trevijano da respuesta al recurso de Vox contra el real decreto del estado de alarma del 14 de marzo y las prórrogas posteriores para hacer frente a la pandemia.
La formación de Santiago Abascal recurrió en amparo al tribunal de garantías para que determine si las acciones del Gobierno constituyen "una flagrante violación" de la Constitución al utilizar de forma "abusiva e injustificada" el estado de alarma y vulnerar derechos fundamentales de los ciudadanos.
Su portavoz, Jorge Buxadé, argumentó que el estado de alarma únicamente permite limitar la libre circulación de personas y subrayó que si el Gobierno pretendía suspender derechos fundamentales, "como ha hecho", debería haber optado por el estado de excepción y pedir autorización al Congreso.
Se cuestiona el instrumento del Gobierno para llevarlo a cabo
Entre los derechos supuestamente vulnerados figuran los de reunión, manifestación y educación, según Vox, para quien "el Gobierno ha hecho a través del estado de alarma lo que tenía que haber hecho a través del estado de excepción".
Precisamente, la propuesta de Trevijano señala que las restricciones acordadas por el Gobierno excedieron del marco legal del estado de alarma pues suspendieron en vez de limitar el ejercicio de derechos fundamentales, algo que debería haberse acordado bajo el paraguas que otorga el estado de excepción.
Lo que cuestiona el ponente no es la necesidad de restringir esos derechos fundamentales sino el instrumento que utilizó el Gobierno para llevarlo a cabo, pues entiende que el estado de alarma no permite una suspensión generalizada de derechos fundamentales.
Ahora, el borrador se ha entregado al resto de los magistrados para que lo estudien en profundidad de cara al pleno del próximo día 22, que es la fecha que manejan en el tribunal para arrancar con las deliberaciones y, en su caso, votación de la propuesta que confían que pueda salir por unanimidad por su especial trascendencia.
Y es que se trata de un asunto de gran calado jurídico y de amplía repercusión política por afectar al decreto del estado de alarma en su conjunto, cuya resolución puede coincidir en el tiempo con los previsibles indultos a los condenados por el "procés", lo que puede tensionar el escenario político en las próximas semanas.