El juez de Tsunami ofrece personarse a la familia del francés fallecido por un infarto en El Prat
El magistrado de la Audiencia Nacional reclama a la OTAN información sobre incidencias de vuelos y pide a las autoridades galas que localicen a la familia del turista fallecido a causa de un infarto durante el bloqueo de El Prat organizado por Tsunami Democràtic.
Madrid | 27.11.2023 17:36 (Publicado 27.11.2023 16:10)
En busca del episodio completo y de toda la información que pueda contribuir a consolidar los indicios de un delito de terrorismo, el juez del caso Tsunami Democràtic apura el paso de la investigación sin esperar a la decisión del Tribunal Supremo. El Alto Tribunal está pendiente de resolver si se queda con la causa, como órgano ante el que está aforado el eurodiputado Carles Puigdemont, una de las doce personas a las que el juez de la Audiencia Nacional señala como coordinadores de la plataforma.
En un auto fechado este lunes, el juez Manuel García Castellón dirige su última batería de diligencias en dos direcciones. Por un lado, trata de averiguar si las "circunstancias" de las protestas en el aeropuerto de El Prat fueron determinantes en la muerte por infarto de un pasajero. Por otro, intenta obtener la foto completa de las consecuencias que tuvo el bloqueo en el funcionamiento de una infraestructura crítica, como es el aeropuerto de Barcelona. Ambos extremos resultan determinantes a la hora de calificar los hechos como terrorismo, según el magistrado, que no cuenta con el respaldo de la Fiscalía, totalmente contraria a esta tesis.
A la búsqueda de la familia del fallecido francés
El magistrado le pide a las autoridades francesas que identifiquen a los familiares del ciudadano galo que murió en una de las terminales del aeropuerto y cuyo certificado de fallecimiento recoge como motivo de la muerte natural una "cardiopatía isquémica crónica". Una vez localizados, el juez indica que se proceda a "efectuar el oportuno ofrecimiento de acciones" a la familia, de modo que puedan personarse como acusación particular en calidad de perjudicados.
El juez destaca las declaraciones de la hija del fallecido a un medio de comunicación español; "su muerte fue a causa de esto". De ahí que también quera interrogar a la esposa del fallecido para "conocer de primera mano qué sucedió", ya que se encontraba con él en el aeropuerto.
El auto, al que ha tenido acceso Onda Cero, el magistrado, insta a los peritos de la Guardia Civil a que comprueben la distancia entre las Terminales T1 y T2 del Aeropuerto de Barcelona y el Hospital de Belvitge, a donde el ciudadano francés fue trasladado en helicóptero por el 112. El juez quiere saber el "tiempo que necesita una ambulancia para su traslado desde el Hospital al Aeropuerto y si resulta justificado el uso de un helicóptero".
García Castellón pone el acento en que el informe médico forense de la autopsia atribuye el diagnóstico tanto a los "hallazgos patológicos" como al "historial médico" y a las "circunstancias de la muerte".
"Precisamente, esas circunstancias fueron el colapso del aeropuerto", concluye el magistrado.
En este sentido, la Guardia Civil tiene la orden de recabar del Hospital de Belvitge de L’Hospitalet de Llobregat (Barcelona) el historial médico completo de este ciudadano y del Centro de Coordinación de Emercencias 112 las posibles llamadas por parte del turista o su familia avisando de la necesidad de asistencia médica. También deberán averiguar si aquel día era posible el tránsito de ambulancias desde el aeropuerto hasta ese centro hospitalario.
Todas las incidencias en vuelos nacionales e internacionales
Respecto a la otra pata de la investigación, la de las consecuencias económicas, estratégicas y de seguridad que acarreó el bloqueo de El Prat, el juez se dirige a todos los organismos competentes para conocer todas las incidencias de las protestas en la aviación nacional e internacional, tanto civil como militar.
ENAIRE, entidad pública empresarial dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, deberá informar de todas las incidencias vinculadas a los hechos y registradas en el tráfico aéreo el 14 de octubre de 2019, desvíos de vuelos y sus razones, afectación de otros aeropuertos, incidencias en la torre de control de Barcelona-Gava, etc.
El juez también le reclama el mismo tipo de información a la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea (AESA) y a la OTAN, a través del Comandante supremo aliado en Europa (SACEUR). Este organismo deberá facilitar las incidencias registradas en el Centro de Operaciones Aéreas Combinadas de la OTAN en Torrejón de Ardoz (CAOCT), cualquier incidencia que se haya podido registrar en el tráfico aéreo nacional e internacional.
De existir alguna incidencia "se solicita que se proceda a su desclasificación, en el caso de que esté clasificada como secreta, para su incorporación al procedimiento penal", ordena el juez.
Delito de terrorismo
El magistrado apuntala su teoría de la existencia de un delito de terrorismo en las protestas violentas organizadas por Tsunami contra la sentencia del procès sobre los "graves daños en las instalaciones de un aeropuerto que presta servicios a la aviación civil internacional".
García Castellón subraya los numerosos daños sufridos en las instalaciones aeroportuarias en un aeropuerto que tiene la consideración de infraestructura crítica, en la medida en que es una infraestructura económica esencial del Estado. Y relaciona los daños con una de las finalidades que definen los delitos de terrorismo, según el art. 573 del Código Penal; "desestabilizar gravemente el funcionamiento (…) de las estructuras económicas o sociales del Estado".
También destaca el riesgo de seguridad que representaron los altercados para las personas que se encontraban en el aeropuerto, lo que vincula con otra de las finalidades previstas en el tipo del delito de terrorismo recogido en el artículo 573 del Código Penal: "alterar gravemente la paz pública".
En ese sentido, recuerda que según un informe policial, el Servicio de Emergencias Médicas contabilizó aquella jornada de protestas en El Prat "125 heridos de diversa consideración".