El tribunal de garantías también admitió a trámite en junio el recurso presentado por la mayoría de los grupos de la oposición del Congreso de los Diputados contra la misma ley.
Al admitir a trámite el recurso catalán, que no paraliza la ley ni supone pronunciamiento alguno sobre el fondo de la normativa, el Constitucional ha dado traslado de la demanda al Congreso, al Senado y al Gobierno para que, en el plazo de 15 días, pueden personarse en el procedimiento y formular alegaciones.
El pleno del Parlamento catalán aprobó el 19 de junio la interposición de este recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, que algunos grupos políticos llaman "ley Mordaza", al considerar que vulnera "derechos y libertades fundamentales".
El recurso de inconstitucionalidad fue aprobado con los votos de todos los grupos de la Cámara catalana menos el del PP, que se quedó solo votando en contra, ya que se registraron 114 votos a favor (CiU, ERC, PSC, ICV-EUiA, Ciutadans y la CUP) y 18 en contra (PP).
El 12 de junio el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad contra esta norma que fue promovido por más de cincuenta diputados, de PSOE, Izquierda Plural, UPyD, Compromís-Equo, Coalición Canaria y Geroa Bai.