ELECCIONES GALICIA

Guía para votar en las elecciones gallegas en 2024: todo lo que necesitas saber

Más de dos millones de residentes gallegos están convocados para participar en los comicios regionales que se llevarán a cabo el 18 de febrero.

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Miriam Méndez

Madrid |

Guía para votar en las elecciones gallegas en 2024 | María José López / Europa Press

En el umbral de una jornada electoral clave, Galicia se prepara para ejercer su derecho democrático en las elecciones autonómicas de 2024. Este acontecimiento, marcado en el calendario para este 18 de febrero, no solo simboliza un momento decisivo en la política regional, sino también una oportunidad para que más de dos millones de gallegos influyan en el futuro de su comunidad.

Presentamos una guía detallada para seguir de cerca todos los aspectos de la jornada electoral que determinará la composición del gobierno autonómico para el próximo cuatrienio.

Cómo y dónde votar

La tarjeta censal, enviada al domicilio postal de cada votante, contiene la información crucial sobre el lugar de votación asignado. Es fundamental asistir a la mesa electoral especificada en dicha tarjeta, ya que presentarse en una diferente impedirá ejercer el derecho al voto.

Para identificarse es obligatorio llevar consigo un documento oficial con fotografía, como el DNI, pasaporte o carné de conducir. Un DNI caducado sigue siendo válido para este propósito, siempre y cuando se presente el original y no una copia.

En cuanto al voto por correo, los electores que decidan este método pueden solicitar hasta el 8 de febrero el Certificado de Inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Galicia. Este documento se puede solicitar tanto en línea a través de la página web de Correos como de manera presencial en cualquier sucursal de Correos en España.

Los electores tienen la opción de tramitar su voto por correo directamente desde la web de Correos, evitando así la necesidad de desplazarse a una oficina física. Para ello, deben verificar su identidad mediante una firma electrónica, utilizando para la validación el DNI electrónico (DNI-e) o cualquier otro certificado digital de persona física aprobado por el Ministerio de Industria.

Además, es posible solicitar el voto por correo en persona en las oficinas de Correos distribuidas por todo el territorio nacional. Esta solicitud debe realizarse individualmente por el votante, excepto en situaciones de enfermedad o discapacidad debidamente justificadas con un certificado médico oficial, que impidan al elector acudir personalmente. En tales circunstancias, un representante debidamente autorizado mediante poder notarial o consular puede realizar la solicitud en su nombre.

Al momento de efectuar la solicitud de voto por correo, es necesario que los solicitantes prueben su identidad ante el personal de Correos presentando su DNI, pasaporte o carnet de conducir en su formato original.

Para facilitar el proceso y minimizar los tiempos de espera, se ha habilitado la posibilidad de concertar una cita previa para gestionar la solicitud de voto por correo en las oficinas. Los electores pueden hacer uso de esta opción mediante la aplicación móvil, la página web de Correos o a través de la Oficina Virtual. Simplemente, deben seleccionar una oficina que ofrezca el servicio de cita previa y posteriormente elegir la fecha y hora que mejor se ajusten a sus necesidades.

Voto desde el extranjero

Para aquellos gallegos que se encuentren temporalmente en el extranjero, el proceso para votar por correo comienza con la inscripción en el Registro de Matrícula Consular como no residente, lo que puede realizarse al momento de solicitar o entregar el voto.

Se debe recoger o descargar el impreso de solicitud de voto, entregarlo en el consulado antes del 20 de enero, y recibir por correo certificado la documentación necesaria para votar entre el 23 y el 29 de enero. El voto debe enviarse de regreso al consulado antes del 14 de febrero.

Para los residentes permanentes fuera de Galicia inscritos en el Censo de Residentes Ausentes que Viven en el Extranjero (CERA) antes del 1 de octubre de 2023, no es necesario solicitar el voto previamente.

La documentación electoral será enviada automáticamente a su dirección registrada. Los electores pueden verificar su inclusión en el censo a través del INE o consulados y, si es necesario, presentar una reclamación. La documentación para votar llegará entre el 13 y el 19 de enero, y las papeletas entre el 24 y el 28 de enero. El voto puede ser enviado por correo certificado al consulado hasta el 13 de febrero o depositado en urnas disponibles en las oficinas consulares del 10 al 15 de febrero.

¿Cuál es el horario límite para emitir el voto en los colegios electorales de Galicia?

La constitución de la mesa electoral tiene lugar a las 8 de la mañana, momento para el cual deben estar presentes el presidente, los vocales y sus respectivos suplentes. La votación, sin embargo, no inicia hasta las 9 de la mañana y continúa hasta las 20 horas. Al finalizar este periodo, si no se han presentado imprevistos, el presidente de la mesa declara oficialmente cerrado el tiempo de votación.

En ausencia del presidente, su rol es asumido por el primer suplente. Si este tampoco está disponible, el segundo suplente toma su lugar. En el caso de que falten ambos, la responsabilidad recae en el primer vocal, seguido por el segundo si fuera necesario. Los vocales ausentes serán reemplazados por sus suplentes correspondientes. Es imperativo que la mesa esté compuesta al menos por un presidente o presidenta y dos vocales para su válida constitución.

¿Cuándo se sabrán los resultados?

Tras el cierre de las votaciones, se inicia el recuento de votos en todas las mesas electorales. El presidente de la mesa procede a sacar los sobres de la urna y, simultáneamente, anuncia en voz alta la opción seleccionada en cada voto, mostrando la papeleta a los vocales, así como a los interventores y apoderados presentes.

Paralelamente, fuera del lugar de votación, comienzan a realizarse encuestas de salida, ofreciendo las primeras estimaciones que podrían indicar la dirección del resultado electoral.