El próximo 3 de abril arranca la campaña de Renta y Patrimonio correspondiente al 2023. A partir de ese día y hasta el 1 de julio, los usuarios ya pueden acceder al borrador y presentar por Internet sus declaraciones a la Agencia Tributaria.
Existen diferentes plazos y vías para la solicitud. Así queda el calendario con las fechas clave de la campaña de Renta y Patrimonio 2023:
Las autonomías tienen la posibilidad de establecer deducciones adicionales a las estatales y que estas varíen en función de las circunstancias personales y familiares, inversiones no empresariales, aplicación de renta y subvenciones o ayudas públicas no exentas de cada contribuyente, pudiendo considerar desgravables algunos gastos.
La cuota del gimnasio se puedes deducir en La Rioja y Comunidad Valenciana, cada una con sus requisitos específicos.
La Agencia Tributaria la recoge oficialmente como una deducción "por fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva".
Como norma general, se podrá deducir el 30% de los gastos hechos, con un límite máximo de deducción aplicable de 300 euros. Cubrirán servicios relativos al ejercicio físico y la práctica deportiva:
En cuanto a los requisitos: deberán justificarse los gastos con facturas o justificantes.
En el caso de los mayores de 65 años, la deducción será del 100% en vez del 30%, y lo mismo pasa con personas con alguna discapacidad con un grado del 33% o superior.
Si se hace la declaración conjunta, también se puede incluir los gastos de cónyuges o familiares.
La Agencia Tributaria la recoge oficialmente como una deducción "por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables".
Los contribuyentes que hayan tenido en el 2023 su residencia habitual en esta comunidad se podrán deducir hasta el 30% de las cuotas del gimnasio pagadas en dicho ejercicio. Si se es mayor de 65 años o se tiene una discapacidad igual o superior al 33% la deducción aumenta al 50%.
Si se es mayor de 75 años o se tiene una discapacidad superior al 65% la deducción llega al 100%. En todos los casos la deducción máxima es de 150 euros.