LEY DE VIVIENDA

El inquilino no pagará los honorarios de agencia y otras novedades de la ley de vivienda

Con la nueva Ley de la Vivienda los propietarios de las viviendas en alquiler serán quienes tendrán que pagar el mes de fianza de las agencias inmobiliarias.

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Cuándo entra en vigor la nueva ley de vivienda

ondacero.es

Madrid | 16.04.2023 13:45

Pisos para estudiantes: qué contrato de alquiler me conviene | EFE

La nueva Ley de la Vivienda del Gobierno pone en el foco en el alquiler, una de las asignaturas pendientes de España. Con el objetivo de que el acceso a la vivienda se realice en condiciones asequibles, el Ejecutivo ha incluido en el acuerdo alcanzado con Esquerra Republicana (ERC) y EH Bildu una serie de medidas que afectan tanto a inquilinos como a propietarios.

Una de las más destacadas es que se consolida el tope al precio del alquiler. Según consta en el acuerdo, se mantendrá el límite del 2% para este año en la subida del alquiler, un tope que se incrementará al 3% en 2024 para, antes del 31 de diciembre del próximo año, crear un nuevo índice de referencia aplicable en todo el país.

Así, el IPC dejará de ser el índice de referencia para la actualización anual de la renta de los contratos y el nuevo indicador, de cuya elaboración se encargará el Instituto Nacional de Estadística (INE), pretende ser más estable e inferior a la evolución del IPC. Además, será aplicable también en aquellos contratos firmados con anterioridad a la ley que estuvieran sujetos al IPC.

Los propietarios pagarán los honorarios de agencia

Otro de las novedades de la nueva ley es que los propietarios de las viviendas en alquiler serán los que tendrán que abonar los honorarios de las agencias inmobiliarias. En concreto el texto recoge que "los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán siempre a cargo del arrendador" independientemente de si se trata de personas físicas o jurídicas.

La actual legislación señala que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato corren a cargo del arrendador cuando éste es una persona jurídica, es decir, una empresa. Sin embargo, no hace referencia a los caseros particulares.

Con la nueva norma, el inquilino no tendrá que pagar los honorarios de la inmobiliaria cuando es el propietario el que ha contratado los servicios de la agencia. Este pago extra, habitual hasta ahora, se traduce en que el inquilino puede llegar a abonar una mensualidad, un mes de renta más IVA para la inmobiliaria y una mensualidad como fianza para acceder a la vivienda en alquiler.

Actualmente, por ley, el propietario no puede exigir más de 2 meses de garantía adicional y el máximo que se puede pagar por adelantado es de una mensualidad, que se suele abonar en concepto de reserva del piso.