Las empresas de más de 500 trabajadores deberán tener un plan de movilidad sostenible en dos años
Estos planes incluirán medidas concretas como el impulso del transporte público, colectivo o el teletrabajo.
👉 Óscar Puente se compromete a dejar su impronta en favor de la movilidad sostenible
El Gobierno ha vuelto a aprobar en Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible después de que la anterior tramitación se paralizase por el cambio de legislatura.
La norma establece que las empresas de más de 500 empleados o 250 por turno, incluidas las del sector público, deberán contar con planes de movilidad sostenible en un plazo de 24 meses desde su entrada en vigor.
Los planes deberán ser negociados en el seno del diálogo social con la representación legal de las personas trabajadoras o, en su defecto, con una comisión integrada por los sindicatos más representativos del sector.
Medidas concretas relacionadas con la movilidad y la seguridad
Los planes de movilidad sostenible al trabajo incluirán medidas concretas de movilidad sostenible que contemplen, por ejemplo, el impulso de la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad de cero emisiones, soluciones de movilidad tanto compartida como colaborativa o el teletrabajo en los casos en los que sea posible.
Asimismo, se incluirán medidas relativas a la seguridad y la prevención de accidentes en los desplazamientos al centro de trabajo, según detalla el departamento dirigido por Yolanda Díaz, que explica que los planes de movilidad sostenible al trabajo deberán ser objeto de evaluación, de un seguimiento que permita seguir la implantación de las actuaciones y medidas recogidas en el plan.
Para asegurar la negociación de los planes se modifica el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores, para incorporar dentro del contenido obligatorio de los convenios colectivos el deber de negociar medidas para promover la elaboración de planes de movilidad sostenible al trabajo. Además, los grandes centros de actividad deberán disponer de planes de movilidad sostenible, de acuerdo con el texto legal.
Los Ministerios de Trabajo y Economía Social, y Transportes y Movilidad Sostenible, previo informe del Foro Administrativo de Movilidad Sostenible, establecerán conjuntamente los criterios para identificar los grandes centros de actividad que deban disponer de estos planes de movilidad sostenible. Para la fijación de esos criterios se tendrá en cuenta la superficie del centro de actividad, el número de empresas y personas trabajadoras afectadas por turno de trabajo o afluencia de visitantes y la movilidad en días y horas punta y fechas determinadas, entre otros factores.