EN NO SON HORAS

Donaciones de padres a hijos bajo lupa: "Lo que parece un préstamo puede acabar en sanción del 150%"

Hacienda ha intensificado el control sobre los préstamos entre particulares y las donaciones no declaradas.

Las donaciones de padres a hijos se disparan: los dos motivos tras esta tendencia que se repite año tras año

Pilar Lara

Madrid |

El abogado Raúl Gómez analiza en No son horas algunas novedades en el ámbito fiscal, como las donaciones de padres a hijos. Es algo en lo que Hacienda ha puesto el foco y que va a pasar a controlar. "Muchos préstamos son en realidad donaciones encubiertas", ha asegurado el abogado.

Si no documentas el préstamo, Hacienda lo tratará como donación

La novedad fiscal sobre las donaciones puede afectar a muchas personas porque algo tan cotidiano como prestar dinero entre particulares o ayudar económicamente a un hijo va a pasar a tener control fiscal.

"Esta semana es que la Agencia Tributaria ha decidido reforzar el control sobre los préstamos entre particulares y las donaciones no declaradas, especialmente aquellas que se producen entre familiares. Esta iniciativa forma parte del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026, que busca intensificar el intercambio de información entre la Administración central y las comunidades autónomas para detectar operaciones que en apariencia son préstamos, pero que en realidad podrían ser donaciones encubiertas", ha explicado el abogado.

Raúl Gómez ha asegurado que Hacienda sospecha que hay muchos préstamos familiares que en realidad son regalos, pero con apariencia jurídica de préstamo.

Para entender por qué la Agencia Tributaria ha puesto el foco en este asunto, hay que mirar al contexto social actual. Comprar una vivienda en España se ha convertido en un asunto muy complicado y cada vez hay más familias que se ven en la obligación de ayudar a sus hijos con la entrada del piso. Es muy habitual que los padres transfieran cantidades importantes para facilitar esa compra. "El problema no es ayudar a los hijos. Eso jurídicamente es perfectamente legítimo. El problema es cómo se formaliza esa ayuda", ha dicho el abogado Raúl González en No son horas.

El experto ha explicado que en Derecho existen dos formas de justificar esa ayuda: como donación o como préstamo, que implica que el dinero deberá devolverse a futuro. "La diferencia puede parecer sencilla, pero desde un punto de vista fiscal tiene unas implicaciones enormes y equivocarse en esto puede resultar catastrófico", ha señalado.

Puede acabar con una sanción del 150 %

Raúl González ha recalcado que las donaciones están sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que gestionan las comunidades autónomas y cuyo coste fiscal puede variar muchísimo dependiendo del territorio y del parentesco. En cambio, un préstamo entre particulares, aunque sea sin intereses, no paga ese impuesto; solo debe documentarse correctamente y declararse como operación exenta. Y aquí es donde aparece el problema.

Algunos contribuyentes formalizan como préstamo lo que en realidad es una donación. Es decir, el dinero se entrega, pero no existe intención real de devolverlo. Y eso, desde un punto de vista jurídico, se llama donación encubierta. Aquí es donde se arma el lío. La Agencia Tributaria no prohíbe los préstamos entre particulares; de hecho, son completamente legales y bastante habituales, pero lo que sí hace es comprobar que realmente se trate de un préstamo y para ello analiza distintos indicios. Por ejemplo, si existe contrato escrito y un calendario de devolución, o si se realizan pagos periódicos y si el dinero vuelve realmente al prestamista.

Si nada de esto ocurre, Hacienda acaba concluyendo que no existe préstamo, sino donación, y cuando llega a esa conclusión, el resultado suele ser bastante poco agradable. Procedería a la liquidación del impuesto correspondiente, más sanciones. Y en algunos casos esas sanciones pueden llegar a representar entre el 50 y el 150% del importe dejado de ingresar, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Además, el abogado ha advertido de que con la digitalización, las reglas del juego han cambiado y hoy en día todas las transferencias dejan rastro: transferencias bancarias, pagos con tarjeta, aplicaciones como Bizum. Todo genera datos e información que las entidades financieras están obligadas a remitir puntualmente a la Agencia Tributaria. Además, desde principios de este año 2026, esa información se envía con mayor frecuencia y detalle, lo que permite detectar patrones de comportamiento mucho más fácilmente y en un plazo de tiempo bastante menor que antes.

"Si esos movimientos generan un incremento patrimonial que no está justificado en la declaración de la renta o en el correspondiente impuesto de donaciones, Hacienda puede iniciar un procedimiento de comprobación", ha recalcado el experto.

Client Challenge

Regalos de boda o cumpleaños

Sobre si Hacienda considera también una donación los regalos en dinero en bodas, cumpleaños o celebraciones, el abogado ha asegurado que, aunque legalmente estos regalos también pueden considerarse donaciones porque implican una transmisión gratuita de dinero, no significa que "Hacienda vaya a perseguir cada Bizum de 50 euros". "Lo que analiza es el conjunto de movimientos y su coherencia con la situación económica del contribuyente", ha aclarado.