Cómo se solicita el bono social térmico: estos son los requisitos
Conoce los requisitos y la forma de solicitar la polémica ayuda que han cobrado tanto Mónica García como el número 2 de Isabel Díaz Ayuso.
👉 Escrivá, sobre el bono térmico: "Algún límite de renta tiene que haber para que no tengamos casos escandalosos"
👉 ¿Hay que declarar el Bono Social Térmico y Eléctrico en la Declaración de la Renta?
El bono social térmico es una ayuda aprobada por el Gobierno en octubre de 2018 haciéndose efectiva en 2020 y destinada a las personas que sufren pobreza energética. Esta semana ha estado de actualidad debido al enfrentamiento que han protagonizado la líder de Más Madrid, Mónica García, y el número 2 de Isabel Díaz Ayuso, Enrique Ossorio.
La líder de la oposición en la Asamblea de la Comunidad de Madrid pedía la dimisión de Ossorio tras conocerse que percibía el bono social térmico. Posteriormente, se conocía que el marido de García también lo había percibido, por lo que las peticiones de dimisión llegaron también en la dirección contraria.
¿Qué es el bono social térmico?
El bono social térmico es una ayuda que concede el Estado a los consumidores considerados vulnerables, a través del Ministerio para la Transición Ecológica. La gestión y el pago de las ayudas corresponderá a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades con Estatuto de Autonomía, según recoge la web de la Agencia Tributaria.
Tal y como explica la OCU, a diferencia del bono social eléctrico, su importe es costeado cada año por los Presupuestos Generales del Estado. La ayuda se facilitará independientemente del sistema de calefacción que tenga el usuario (gas, gasóleo, butano...) con el objetivo de contribuir a cubrir en una pequeña parte sus necesidades de agua caliente y calefacción.
¿Qué importe se recibe?
La OCU explica que el importe que se recibe en el bono social térmico no es igual para todos los hogares y que se determina en función de dos criterios:
- La zona climática en la que se encuentre el domicilio: con un punto de partida de 25 euros.
- El tipo de consumidor vulnerable: se incrementará en un 60% si el consumidor tiene la consideración de vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.
En función de la zona y el tipo de consumidor, está será la cuantía:
- Zona Alfa: consumidor vulnerable (25 euros); consumidor vulnerable severo (40 euros).
- Zona A: consumidor vulnerable (29 euros); consumidor vulnerable severo (46,4 euros).
- Zona B: consumidor vulnerable (37,68 euros); consumidor vulnerable severo (60,29 euros).
- Zona C: consumidor vulnerable (49,84 euros); consumidor vulnerable severo (79,74 euros).
- Zona D: consumidor vulnerable (67,56 euros); consumidor vulnerable severo (108,10 euros).
- Zona E: consumidor vulnerable (77,46 euros); consumidor vulnerable severo (123,94 euros).
Cómo se solicita: requisitos
No será necesario hacer ninguna solicitud. Se entregará automáticamente a todos los beneficiarios del bono social eléctrico a fecha 31 de diciembre, por lo que habrá que asegurarse de tener activado el bono social eléctrico en esa fecha y renovarlo cada dos años.
Tanto en la página web de la OCU, como en la del propio Ministerio de Transición Ecológica están todos los pasos para solicitar el bono eléctrico y los requisitos necesarios para poder optar a él.