Los autónomos podrán contratar trabajadores que les sustituyan en situaciones excepcionales
Onda Cero ha tenido acceso al texto que aprueba este viernes el Consejo de Ministros con medidas de apoyo a los autónomos. Entre otras, compatibilizar el cobro del desempleo con el inicio de una actividad, o contratar a un trabajador por cuenta ajena en situaciones que pongan en peligro su contrato con el cliente. Por ejemplo, riesgo durante el embarazo, descanso por maternidad o cuidado de hijos o familiares dependientes.
ondacero.es
Madrid | 24.04.2015 14:48
Los trabajadores autónomos económicamente dependientes, es decir, aquellos que trabajan para un cliente, podrán contratar a un trabajador por cuenta ajena en situaciones que puedan poner en peligro su contrato con ese cliente. Por ejemplo, de riesgo durante el embarazo, descanso por maternidad o cuidado de hijos pequeños o familiares dependientes.
Se admite así una vieja reivindicación del colectivo de autónomos a los que se impedía contratar a otra persona para sustituirles en momentos delicados o de enfermedad. Además, estos autónomos cuando estén siendo sustituidos por otros trabajadores, dejarán de pagar durante ese tiempo las cuotas del régimen de autónomos.
Otra novedad es que se amplía hasta dos años la reducción al 50% de las cuotas de familiares y cónyuges de un autónomo que se dé de alta para colaborar en el negocio.
Junto a estas medidas, hay tres que ya adelantó Onda Cero y que son las más rentables para los autónomos: la primera es que se elimina el límite de edadpara poder compatibilizar durante nueve meses el cobro del paro con empezar un negocio.
También desaparece el límite de edad para poder capitalizar el 100% del paro para emprender y, la que más agradece el colectivo, los autónomos que estén beneficiándose de la tarifa plana de 50 euros, no la perderán si contratan a un trabajador.
En estos momentos, según datos de la Asociación de Autónomos, ATA, hay 365.000 autónomos acogidos a esta tarifa plana.
El anteproyecto de ley será aprobado este viernes en el Consejo de Ministros, después será remitido al Consejo Económico y Social para su valoración, antes de que se envíe definitivamente a las Cortes para su tramitación.