Consorcio y Ayuntamiento se aúnan para conservar el patrimonio
La colaboración se llevará a cabo a través de acuerdos o convenios específicos de colaboración que concretarán las condiciones de la ejecución de proyectos relacionados con la conservación de bienes del Conjunto Monumental de Mérida gestionados por el Consorcio de la Ciudad Monumental
La Junta Local de Gobierno ha aprobado un protocolo general de colaboración entre el Consorcio de la Ciudad Monumental y el Ayuntamiento de Mérida para el desarrollo de actuaciones de conservación, restauración, acrecentamiento, revalorización y difusión del Patrimonio de la ciudad.
Una iniciativa que viene reforzar la interrelación con el Consorcio de la Ciudad Monumental y sus objetivos, en bien del Patrimonio Histórico, Artístico, Arqueológico y Monumental de la ciudad y de su uso y disfrute por parte de los ciudadanos y visitantes de la misma.
La colaboración que mediante este Protocolo General de Colaboración se estipula se llevará a cabo a través de acuerdos o convenios específicos de colaboración que concretarán las condiciones de la ejecución de proyectos relacionados con la conservación de bienes del Conjunto Monumental de Mérida gestionados por el Consorcio de la Ciudad Monumental.
Desde la creación del Patronato de la Ciudad Monumental de Mérida en 1963 y, posteriormente, el Consorcio en 1996, las competencias en la gestión integral del Conjunto Monumental de Mérida corresponden a este último, si bien, el fin estatutario de este organismo es la colaboración de las entidades consorciadas y, por tanto, el Ayuntamiento de Mérida tiene un papel indiscutible.
El Consorcio colaborará redactando los proyectos de conservación, facilitando el acceso a los bienes objeto de intervención y el uso adecuado de los mismos una vez ejecutados los proyectos, en las condiciones que determine el órgano competente del Consorcio.
Además, colaborará ejecutando las actuaciones de conservación objeto de los proyectos de conservación con medios propios, sin perjuicio de contratar los servicios de terceros cuando no disponga de dichos medios. En este caso, los contratos celebrados por el Consorcio en ejecución de las actuaciones objeto de este Protocolo General de Colaboración y los acuerdos específicos de desarrollo, serán de su exclusiva responsabilidad, efectuándose a su riesgo y ventura.
Por su parte, el Ayuntamiento colaborará en la redacción de los proyectos a través de sus servicios técnicos en la medida que lo precise el Consorcio, financiando los proyectos de conservación que se convengan.
Las actuaciones conjuntas que se realicen en ejecución de este Protocolo General de Colaboración, serán asumidas por ambas instituciones conforme a las disponibilidades presupuestarias de las mismas y previos los trámites previos precisos en ambas entidades.