El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica este lunes la resolución de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública por la que se deja sin efecto la resolución del 18 de mayo que regulaba los criterios de carácter extraordinario para el teletrabajo de los funcionarios y funcionarias de la Administración autonómica con motivo de la COVID-19. En ella se establecía que, como máximo, la modalidad no presencial se podía aplicar hasta un máximo del 30% de los efectivos salvo en los servicios asistenciales y de atención al público.
La resolución publicada deja sin efecto la orden del pasado mayo, con lo que la presencialidad vuelve al 100% de las plantillas. Esta medida entrará en vigor a partir del próximo 15 de octubre, tal y como se informó a los sindicatos la semana pasada.
A partir de entonces, la Dirección General de Función Pública podrá aprobar los programas de teletrabajo que presenten las subsecretarías de cada conselleria en los términos que establece el Decreto 49/2021 del 1 de abril, en el que se regulaba el teletrabajo como modalidad de prestación de servicios del personal empleado público.
Esa norma fija que cada subsecretaría podrá presentar programas de teletrabajo para los departamentos que considere. Estos programas tendrán una duración máxima de un año, prorrogable por periodos iguales. En todo caso, la jornada de trabajo no presencial será, como máximo, de tres días a la semana, y no se podrán acoger a él los servicios de carácter asistencial o de atención al público.