Almassora cierra la bonificación del 30% del IAE a empresas ‘eco’
Este impulso a las empresas ‘verdes’ se produce tras las reuniones mantenidas en 2021 con representantes de ANFECC, ASEBEC y ASCER para colaborar con la recuperación económica y potenciar la sostenibilidad.
El Ayuntamiento de Almassora ha cerrado la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que elevará al pleno del próximo lunes para bonificar un 30% a las empresas que apuesten por energías renovables o sistemas de cogeneración para el autoconsumo. La comisión informativa de Hacienda dio cuenta ayer del nuevo texto que aprobará la corporación en la primera sesión ordinaria del año.
Este impulso a las empresas ‘verdes’ se produce tras las reuniones mantenidas en 2021 entre la alcaldesa, Merche Galí, y el concejal de Hacienda, Santiago Agustí, con representantes de ANFECC, ASEBEC y ASCER para colaborar con la recuperación económica y potenciar la sostenibilidad. “Es momento de llevar nuestras políticas municipales de reducción del gasto energético a la empresa privada y colaborar en su recuperación con hechos para que Almassora sea más atractiva para la inversión de la industria”, según esta parte.
Así lo ha defendido el responsable de Hacienda al término de la comisión que preside y en la que trasladó las condiciones de esta nueva ayuda fiscal que tiene un periodo de tres años de aplicación desde la concesión con el objetivo de potenciar la compatibilidad entre la actividad económica y el respeto al ecosistema.
Tal como figura en la nueva reglamentación, para la concesión de la bonificación las empresas deberán cumplir varios requisitos entre los que figura la obtención de la correspondiente licencia o declaración urbanística municipal y de actividad y que la energía consumida se refiera a un mismo local, sin computarse la producida en otras instalaciones diferentes.
El Ayuntamiento de Almassora considerará autoconsumo a los efectos de esta bonificación cuando la energía producida se destine “directa y exclusivamente” al consumo del sujeto pasivo en el desarrollo de su actividad. Cuando el titular de la instalación realice más de una actividad económica en el local donde haya instalado el sistema para el aprovechamiento de energías renovables “la bonificación se aplicará a la cuota tributaria de mayor cuantía”.
Tal como figura en el texto, esta ayuda municipal “es de carácter rogado y deberá ser solicitada al Ayuntamiento antes del 1 de mayo del ejercicio en el que tenga que aplicarse”. Los posibles beneficiarios deberán acreditar la instalación con la siguiente documentación: certificación técnica realizada por la empresa instaladora y referencia a la licencia de obras u otro acto de control urbanístico para realizar las obras.
La Administración comprobará la veracidad de la documentación aportada por los solicitantes para evitar posibles incumplimientos de plazos y que los sistemas se ajustan a las características requeridas para disfrutar de la bonificación. Asimismo, el solicitante deberá estar al corriente en el pago de todos los tributos municipales