"ATAQUE MEZQUINO DE SÁNCHEZ A MADRID"

Ayuso denuncia ante el Supremo el Plan Hidrológico Nacional: "Sánchez pretende que Madrid se rinda por sed"

La presidenta Díaz Ayuso ha demandado ante el Tribunal Supremo el nuevo Plan Hidrográfico del Tajo. Lo califica de ataque a Madrid, "el más mezquino que hemos sufrido".

Patxi Linaza

Madrid | 27.11.2023 11:39

El recurso se interpone a través del Canal de Isabel II y en él se solicita que se anulen del Plan Hidrológico los apartados relativos a los caudales ecológicos -sujetos a autorización administrativa previa y con "valores injustificados"- a los estudios específicos para cada tramo de río, transferencias hídricas y vertidos de aguas residuales.

"Rendición, boicot e impedimentos"

La presidenta regional madrileña considera que con este Plan "Sánchez quiere que Madrid se rinda por sed, poniendo en riesgo el abastecimiento de agua de casi siete millones de madrileños. Un Plan que sitia a la Comunidad de Madrid", según Díaz Ayuso, y usa el agua como arma política "para asediar a la capital de España, que no se doblega antes sus atropellos".

En un foro informativo, ha llegado a calificar el Plan Hidrológico de "impedimento a los trasvases necesarios para que llegue el agua a las casas, impidiendo que cumplamos los requisitos de depuración y planificación. De esta forma, ha concluido que "nos quieren dejar sin trenes, sin aviones de corta distancia... pero no hay nada peor que pretender racionar el agua a casi siete millones de personas".

Demanda ante el Tribunal Supremo

En lo relativo a la regulación de los caudales ecológicos, el escrito presentado por el Canal de Isabel II expone que se fijan los valores, pero "se hace de forma absolutamente injustificada y sin tomar en consideración la singularidad de las masas de agua a las que afectan". Determina que se incumplen varias previsiones normativas, ya que por ejemplo no se hace "ninguna referencia" a la repercusión del régimen de caudales ecológicos sobre los usos del agua, en particular sobre los usos y concesiones existentes".

De igual modo, se solicita la nulidad del primer inciso del apartado 6 del artículo 11 del Plan del Tajo o, en su defecto, una interpretación conforme a la norma según la cual la prevalencia del uso ecológico en los embalses de Red Natura o en los incluidos en la Lista de Humedales de Importancia Internacional fuera referida exclusivamente a los embalses que no tuvieran por destino el abastecimiento a poblaciones. También plantea el recurso que el artículo 20, apartado 3, incluye una previsión que "no se exige en ninguno de los restantes planes de cuenca que contiene este real decreto y que afectará únicamente a las transferencias hídricas que se produzcan desde el embalse de San Juan hasta el de Valmayor, ambos en la Comunidad de Madrid".

Y en cuanto a los vertidos de aguas residuales, expone que los nuevos criterios obliga al Canal a acometer una obra de 13,3 millones de euros para cumplir con los límites de vertido del Real Decreto 509/1996, pero que, "será una obra abocada al fracaso por incumplidora al no poder cumplir con el límite de 4,1 mg/l establecido en el nuevo Apéndice". "El problema está en que ese cambio de calidad no se puede conseguir de forma automática, sencilla o inmediata, no es como "apretar un botón". La depuración es un proceso industrial muy complejo que requiere de obras de adaptación que permitan conciliar objetivos a conseguir con capacidades de tratamiento de cada instalación", subraya.