Se trata, en palabras de Caballero, de continuar apoyando a los ayuntamientos, que podrán formalizar sus solicitudes hasta el 15 de septiembre, para que sigan prestando ayuda a quien más lo necesitan en sus respectivos municipios, a la vez que se favorece la realización de obra pública para beneficiar a los pequeños y medianos empresarios locales.
Se han distribuido las partidas económicas, como vienen siendo habitual en los mandatos de Caballero, atendiendo a criterios objetivos desprovistos de cualquier sesgo partidario o partidista. En el anexo I de la convocatoria se refleja la cuantía económica máxima que pueden obtener los municipios y eatim de la provincia.
Las cantidades totales asignadas vienen determinadas por un montante fijo por tramos de población y otra parte que varia en función del número de habitantes y por tramos de población en pueblos de hasta 10.000 habitantes y de más de 10.000, con un tope de 300.000 euros. Se logra, de esta manera, que en Villar del Pozo, que es el municipio que menos recursos recibe, la aportación de 15.173 euros suponga 31'68 euros por habitante. Mientras que Ciudad Real, que tiene la ayuda máxima, esta proporción se sitúe en 4 euros.
En lo que respecta al Plan de Empleo, se podrá destinar parte o la totalidad de las subvención que le corresponde a cada ayuntamiento a la contratación de trabajadores en situación de desempleo para la realización de obras o servicios de interés local. En concreto, se podrán financiar los costes salariales, la aportación empresarial a la seguridad social o los materiales que se empleen.
El salario mensual máximo subvencionable de los trabajadores contratados será el equivalente al salario mínimo interprofesional vigente, más la parte proporcional de la paga extraordinaria para los contratos a jornada completa, o su equivalente en contratos a jornada parcial.
De la convocatoria se desprende, asimismo, que la selección de los beneficiarios y beneficiarias se llevará a cabo mediante convocatoria pública, a través de las comisiones locales de empleo u órganos de selección similares, que habrán de acreditar, en cualquiera de los casos, una composión exclusivamente técnica.
Igualmente, se podrán aplicar las partidas otorgadas con cargo al Plan Ciudad Real Activa a reforzar el Plan de Ayudas para Gasto Corriente. Se podrán financiar todos ellos, incluidos los del capítulo 1, correspondientes a personal. Del mismo modo, se podrá hacer frente a las materias y servicios recogidos en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local.
En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los de aquellos servicios susceptibles de ser financiados con tasas o precios públicos, como es el caso del suministro y distribución de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, piscina y utilización de instalaciones deportivas, entre otros. Tampoco se permiten gastos en festejos o transferencias a otras Administraciones o entes públicos y privados.
Los gastos no podrán ser inferiores a 50 euros y no se subvencionarán las retribuciones ni otros gastos de los miembros de las Corporaciones Locales con dedicación exclusiva o parcial. La prohibición también se hace extensiva al personal eventual municipal.
Por otro lado, los ayuntamientos podrán financiar obras y adquirir bienes o equipamientos referidos a las materias y servicios que recoge la Ley de Bases de Régimen Local, por lo que la Diputación contribuye con el Plan Ciudad Real Activa a incrementar las inversiones en todos los pueblos de la provincia.